Aguas costeras que forman parte del territorio soberano de un estado soberano
Las aguas territoriales son informalmente un área de agua donde un estado soberano tiene jurisdicción , incluidas las aguas internas , el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y potencialmente la plataforma continental extendida (estos componentes a veces se denominan colectivamente zonas marítimas [1 ] ). En un sentido más estricto, el término se utiliza a menudo como sinónimo de mar territorial. [2]
Las embarcaciones tienen diferentes derechos y deberes al pasar por cada zona definida por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), uno de los tratados más ratificados . Los Estados no pueden ejercer su jurisdicción en aguas más allá de la zona económica exclusiva, que se conocen como alta mar . [3]
Base
Normalmente, la línea de base es la línea de bajamar a lo largo de la costa, marcada en cartas de gran escala que reconoce el estado costero . Esta es la marca de bajamar más cercana a la costa o una distancia ilimitada de tierra permanentemente expuesta, siempre que alguna parte de las elevaciones expuestas durante la marea baja pero cubiertas durante la marea alta (como las marismas) se encuentren dentro de las 3 millas náuticas (5,6 kilómetros). ; 3+1 ⁄ 2 millas terrestres) de terreno permanentemente expuesto.
Alternativamente, se pueden definir líneas de base rectas que conecten islas periféricas a lo largo de una costa, a través de las desembocaduras de ríos o, con ciertas restricciones, a través de las desembocaduras de bahías. En este caso, una bahía se define como "una hendidura bien marcada cuya penetración es tal proporcional al ancho de su boca que contiene aguas sin salida al mar y constituye algo más que una mera curvatura de la costa. Una hendidura no es, Sin embargo, se considerará una bahía a menos que su área sea tan grande o mayor que la del semicírculo cuyo diámetro es una línea trazada a través de la boca de esa hendidura". La línea de base que cruza la bahía tampoco debe tener más de 24 millas náuticas (44 kilómetros; 28 millas terrestres) de longitud.
aguas interiores
Las aguas interiores se encuentran hacia la tierra desde la línea de base. El Estado ribereño tiene soberanía sobre las aguas interiores, aplica la legislación interna a los buques en aguas interiores, incluida la prohibición del paso inocente . [4] : 4 Se consideran aguas interiores los lagos, ríos y bahías. [5] : 51
Las "aguas archipelágicas" dentro de las islas más exteriores de un estado archipelágico , como Indonesia o Filipinas, también son aguas internas, pero el estado debe permitir el paso inocente a través de ellas. Sin embargo, los estados archipelágicos pueden limitar el paso inocente a rutas marítimas designadas dentro de estas aguas. Cada isla del archipiélago puede tener su propia línea de base. [5] : 51
Mar territorial
El mar territorial es un cinturón de aguas costeras que se extiende como máximo 12 millas náuticas (22 km; 14 millas) desde la línea de base (generalmente la marca media de bajamar) de un estado costero. [6] El mar territorial es territorio soberano, aunque a los buques extranjeros (militares y civiles) se les permite el paso inocente por él, o el paso de tránsito por estrechos ; esta soberanía también se extiende al espacio aéreo y al fondo marino. En derecho internacional, el ajuste de estos límites se denomina delimitación marítima .
El mar territorial de un estado se extiende hasta 12 millas náuticas (22 km; 14 millas) desde su línea de base. Si este se superpone con el mar territorial de otro estado, la frontera se toma como el punto medio entre las líneas de base de los estados, a menos que los estados acuerden lo contrario. Un estado también puede optar por reclamar un mar territorial más pequeño.
Se han producido conflictos cuando una nación costera reclama todo un golfo como sus aguas territoriales, mientras que otras naciones sólo reconocen las definiciones más restrictivas de la Convención. Estados Unidos considera excesivas las afirmaciones que sitúan la línea de base en más de 24 millas náuticas (dos límites de 12 millas náuticas). Se produjeron dos conflictos en el Golfo de Sidra , donde Libia trazó una línea de más de 230 millas náuticas (430 km; 260 millas) y reclamó todo el golfo cerrado como sus aguas territoriales. Estados Unidos ejerció sus derechos de libertad de navegación , lo que provocó los incidentes del Golfo de Sidra en 1981 y 1989 .
Zona contigua
La zona contigua es una franja de agua que se extiende desde el borde exterior del mar territorial hasta 24 millas náuticas (44,4 km; 27,6 millas) desde la línea de base. En el interior, un Estado puede ejercer un control limitado para prevenir o castigar "la infracción de sus leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios dentro de su territorio o mar territorial".
La zona suele tener 12 millas náuticas (22 km; 14 millas) de ancho. Sin embargo, puede ser más ancho cuando un estado reclama un mar territorial de menos de 12 millas náuticas, o más estrecho si de otro modo se superpondría con la zona contigua de otro estado. A diferencia del mar territorial, no existe una regla estándar para resolver tales conflictos y los estados deben negociar un compromiso. Estados Unidos invocó una zona contigua hasta 24 millas náuticas desde la línea de base el 29 de septiembre de 1999. [7]
Zona económica exclusiva
Una zona económica exclusiva (ZEE) se extiende desde la línea de base hasta un máximo de 200 millas náuticas (370,4 km; 230,2 millas) y, por lo tanto, incluye la zona contigua. [8] Una nación costera tiene control de todos los recursos económicos dentro de su zona económica exclusiva, incluida la pesca, la minería, la exploración petrolera y la contaminación de esos recursos. Sin embargo, no puede prohibir el paso o merodear por encima, sobre o debajo de la superficie del mar que cumpla con las leyes y reglamentos adoptados por el Estado ribereño de conformidad con las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas, dentro de esa parte de su zona económica exclusiva más allá de su mar territorial.
Antes de la convención, las naciones costeras ampliaban arbitrariamente sus aguas territoriales para intentar controlar actividades que ahora están reguladas por la zona económica exclusiva, como la exploración petrolera en alta mar o los derechos de pesca (ver Guerras del Bacalao ).
La ZEE todavía se considera popularmente, aunque incorrectamente, como aguas territoriales de una nación costera.
Plataforma continental extendida
Definición
El artículo 76 de la convención de la ONU [9] define la plataforma continental de los países costeros. Para la definición geográfica física, véase el artículo plataforma continental .
La plataforma continental de un estado se extiende hasta el borde exterior del margen continental , pero al menos a 200 millas náuticas (370 km; 230 millas) de las líneas de base del mar territorial si el margen continental no se extiende tan lejos. Los estados costeros pueden explorar y explotar el fondo marino y los recursos naturales que se encuentran sobre él o debajo de él. Sin embargo, otros estados pueden tender cables y tuberías si lo autoriza el estado costero. El límite exterior de la plataforma continental de un país no puede extenderse más allá de 350 millas náuticas (650 km; 400 millas) de la línea de base o más allá de 100 millas náuticas (190 km; 120 millas) de la isóbata de 2500 metros (8200 pies) , que es una línea conectando las profundidades del fondo marino a 2.500 metros.
El borde exterior del margen continental para los efectos de este artículo se define como:
*una serie de líneas que unen puntos separados por no más de 60 millas náuticas (110 km; 69 millas) donde el espesor de las rocas sedimentarias es al menos el 1% de la altura de la plataforma continental sobre el pie del talud continental; o
*una serie de líneas que unen puntos separados por no más de 60 millas náuticas y que no están a más de 60 millas náuticas del pie del margen continental.
El pie del talud continental se determina como el punto de máximo cambio de gradiente en su base.
La porción de la plataforma continental más allá del límite de las 200 millas náuticas también se conoce como plataforma continental extendida . Los países que deseen delimitar su plataforma continental exterior más allá de las 200 millas náuticas deben presentar información científica como base de su reclamación a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas. Luego, la Comisión valida o hace recomendaciones sobre la base científica para el reclamo de plataforma continental extendida. El dictamen científico de la Comisión será definitivo y vinculante. Los reclamos validados de plataforma continental extendida que se superponen a cualquier demarcación entre dos o más partes se deciden mediante negociaciones bilaterales o multilaterales, no por la comisión.
Los países tienen diez años después de ratificar la Convención para presentar sus propuestas para ampliar su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas, o antes del 13 de mayo de 2009 para los países donde la convención fue ratificada antes del 13 de mayo de 1999. Al 1 de junio de 2009, se han presentado 51 presentaciones ante la comisión, de los cuales ocho han sido deliberados por la comisión y han emitido recomendaciones. Los ocho son (por orden de fecha de presentación): Federación de Rusia; Brasil; Australia; Irlanda; Nueva Zelanda; la presentación conjunta de Francia, Irlanda, España y el Reino Unido; Noruega y México.
Para obtener la lista completa, consulte a continuación.
Derechos sobre la plataforma continental
Los artículos 77 a 81 definen los derechos de un país sobre su plataforma continental.
Una nación costera tiene control de todos los recursos en o debajo de su plataforma continental, vivos o no, pero no tiene control sobre ningún organismo vivo sobre la plataforma que esté más allá de su zona económica exclusiva. Esto le otorga el derecho de realizar trabajos de exploración y perforación de hidrocarburos.
Fondo
Desde el siglo XVIII hasta mediados del siglo XX, las aguas territoriales del Imperio Británico , Estados Unidos, Francia y muchas otras naciones tenían tres millas náuticas (5,6 km) de ancho . Originalmente, esta era la distancia de un disparo de cañón , de ahí la porción de océano que un estado soberano podía defender desde la costa. Sin embargo, Islandia reclamó dos millas náuticas (3,7 km), Noruega y Suecia reclamaron cuatro millas náuticas (7,4 km) y España reclamó seis millas náuticas (11 km) durante este período. Durante incidentes como pruebas de armas nucleares y disputas pesqueras, algunas naciones extendieron arbitrariamente sus reclamos marítimos hasta cincuenta millas náuticas (93 km) o incluso doscientas millas náuticas (370 km). Desde finales del siglo XX, el "límite de 12 millas" se ha aceptado casi universalmente. El Reino Unido amplió sus aguas territoriales de tres a doce millas náuticas (5,6 a 22,2 km) en 1987.
Durante la Conferencia de Codificación de la Sociedad de Naciones de 1930, se planteó la cuestión del establecimiento de una legislación internacional sobre las aguas territoriales, pero no se llegó a ningún acuerdo. [11]
Los primeros reclamos legislativos sobre la plataforma continental adyacente y la pesca fueron realizados por el gobierno de los Estados Unidos inmediatamente después de la Segunda Guerra Mundial . El 28 de septiembre de 1945, el presidente estadounidense Harry S. Truman emitió dos proclamaciones que establecían el control gubernamental de los recursos naturales en las zonas adyacentes a la costa. Una de estas proclamaciones se tituló "Política de los Estados Unidos con respecto a los recursos naturales del subsuelo y fondo marino de la plataforma continental", y estipulaba en su cláusula operativa:
El Gobierno de los Estados Unidos considera que los recursos naturales del subsuelo y el lecho marino de la plataforma continental debajo de alta mar pero contiguos a las costas de los Estados Unidos pertenecen a los Estados Unidos, sujetos a su jurisdicción y control. [12]
La segunda proclamación se tituló "Política de los Estados Unidos con respecto a la pesca costera en ciertas áreas de alta mar" y establecía en su cláusula operativa:
El Gobierno de los Estados Unidos considera apropiado establecer zonas de conservación en aquellas áreas de alta mar contiguas a las costas de los Estados Unidos donde se han desarrollado o se podrán desarrollar y mantener actividades pesqueras en el futuro en una escala sustancial. [13]
Tras la proclamación presidencial de Estados Unidos, se planteó la cuestión de la determinación jurídica de las aguas territoriales mediante acuerdos internacionales, y en su primera sesión en 1949, la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas añadió el tema a su agenda.
La importante cuestión de la amplitud de las aguas territoriales no pudo resolverse ni en la Conferencia UNCLOS I (1956-1958) ni en la UNCLOS II (1960), y ninguno de los dos principales contendientes por un límite de 3 millas o 12 millas alcanzó el límite requerido. dos tercios del apoyo. Esta falta de acuerdo tenía el potencial de conducir a serias disputas internacionales. [10] Sólo en la conferencia UNCLOS III (1973-1982), cuyas disposiciones no entraron en vigor hasta 1994, se resolvió esta cuestión en las doce millas náuticas.
Misceláneas
Las transmisiones de radio pirata desde dispositivos marinos artificiales o barcos anclados pueden ser controladas por la nación costera afectada u otras naciones dondequiera que se origine esa transmisión, ya sea en el mar territorial, la zona económica exclusiva, la plataforma continental o incluso en alta mar . [14]
Así, una nación costera tiene control total sobre sus aguas internas, un control ligeramente menor sobre las aguas territoriales y aparentemente incluso menos control sobre las aguas dentro de las zonas contiguas. Sin embargo, tiene control total de los recursos económicos dentro de su zona económica exclusiva, así como de aquellos que se encuentran en o debajo de su plataforma continental.
A lo largo de este artículo, las distancias medidas en millas náuticas son definiciones legales exactas, mientras que las en kilómetros son conversiones aproximadas que no están establecidas en ninguna ley o tratado.
Las naciones federales, como Estados Unidos, dividen el control sobre ciertas aguas entre el gobierno federal y los estados individuales. (Ver marismas ).
Reclamación marítima territorial
Las controversias marítimas involucran dos dimensiones: (a) la soberanía territorial, que son un legado de la historia; y (b) derechos e intereses jurisdiccionales relevantes en las fronteras marítimas , que se deben principalmente a diferentes interpretaciones del derecho del mar. [15]
6 millas náuticas (11,1 km; 6,9 millas): Grecia (en el mar Egeo), [16] Turquía (en el mar Egeo) [17]
12 millas náuticas (22,2 km; 13,8 millas): Albania, Argelia, Angola, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Bahrein, Bangladesh, Barbados, Bélgica, Belice, Brasil, Brunei, Isla Bouvet, [18] Bulgaria , Camboya , Camerún, Canadá, Cabo Verde, Chile, República Popular China, República de China, Colombia, Comoras, Islas Cook, Costa Rica, Costa de Marfil, Croacia, Cuba, Chipre, República Popular Democrática de Corea, República Democrática del Congo, Dinamarca, [19] Djibouti, Dominica, República Dominicana, Ecuador, [20] Egipto, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Estonia, Islas Feroe, [21] Fiji, Finlandia, Francia, Gabón, Gambia, Georgia, Alemania, Ghana, Grecia (en el mar Jónico), Granada, Guatemala, Guinea, Guinea-Bissau, Guyana, Haití, Honduras, Islandia, [22] India, Indonesia, Irán, Irak, Irlanda, Israel, Jamaica, Japón, Jordania, [23] Kenia , Kiribati, Kuwait, Letonia, Líbano, Liberia, [24] Libia, Lituania, Madagascar, Malasia, Maldivas, Malta, Islas Marshall, Mauritania, Mauricio, México, Micronesia, Mónaco, Montenegro, Marruecos, Mozambique, Myanmar, Namibia, Nauru , Países Bajos, Nueva Zelanda, Nicaragua, Nigeria, Niue, Noruega, [25] Omán, Pakistán, Palau, [26] Panamá, Papua Nueva Guinea, Polonia, Portugal, Qatar, República de Corea, Rumania, Rusia, Saint Kitts y Nevis , Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Samoa, Santo Tomé y Príncipe, Arabia Saudita, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Singapur, Islas Salomón, Sudáfrica, España, Sri Lanka, Sudán, Surinam, Suecia, Siria, Tailandia, Timor Oriental, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía (en el Mar Negro y el Mediterráneo), Tuvalu, Ucrania, Emiratos Árabes Unidos, Reino Unido, República Unida de Tanzania, Estados Unidos de América, Uruguay, Vanuatu, Venezuela, Vietnam, Yemen.
Australia: Un tratado con Papua Nueva Guinea define los límites marítimos territoriales entre las islas de Aubusi, Boigu y Moimi y Papua Nueva Guinea, por un lado, y las islas de Dauan, Kaumag y Saibai y Papua Nueva Guinea, por el otro. como sección de la frontera del mar territorial de Saibai. Los mares territoriales de las islas conocidas como Anchor Cay, Aubusi Island, Black Rocks, Boigu Island, Bramble Cay, Dauan Island, Deliverance Island, East Cay, Kaumag Island, Kerr Islet, Moimi Island, Pearce Cay, Saibai Island, Urnagain Island y Turu Cay no se extiende más allá de las 3 millas náuticas desde las líneas de base.
Belice: se aplica un límite de 3 millas náuticas desde la desembocadura del río Sarstoon hasta Cayo Ranguana.
Camerún: Véase el artículo 45 de la Ley 96-06, de 18 de enero de 1996, de revisión de la Constitución de 2 de junio de 1972.
Dinamarca: La Ley N° 200, de 7 de abril de 1999, sobre la delimitación del mar territorial no se aplica a las Islas Feroe (la ley se aplica a las Islas Feroe desde el 1 de junio de 2002) y Groenlandia, pero puede entrar en vigor mediante Real Decreto para aquellas partes de el Reino de Dinamarca con las modificaciones dictadas por las condiciones especiales que prevalecen en las Islas Feroe y Groenlandia. En lo que respecta a Groenlandia, el límite exterior de las aguas territoriales exteriores puede medirse a una distancia inferior a 12 millas náuticas (22,2 km; 13,8 millas) desde las líneas de base.
Estonia: en algunas partes del golfo de Finlandia, definida por coordenadas.
Finlandia: se extiende, con ciertas excepciones, a 12 millas náuticas (22,2 km; 13,8 millas), a menos que esté definido por coordenadas geográficas. En el Golfo de Finlandia , hay una franja de aguas internacionales independientemente del límite de 12 millas náuticas: el límite exterior del mar territorial en ningún lugar estará más cerca de la línea media que 3 millas náuticas (5,6 km; 3,5 millas). [30] Bogskär , una isla remota, tiene sólo 3 millas náuticas (5,6 km; 3,5 millas) de aguas territoriales. [31]
Grecia: se aplica un límite de 10 millas náuticas (18,5 km; 11,5 millas) con el fin de regular la aviación civil (ver también disputa del Egeo )
India: el límite de 13 millas náuticas (24,1 km; 15,0 millas) incluye Andaman, Nicobar Lakshadweep y SriLanka.
Japón: el límite de 3 millas náuticas (5,6 km; 3,5 millas) se aplica únicamente al estrecho de Soya, al estrecho de Tsugaru, a los canales oriental y occidental del estrecho de Corea y al estrecho de Osumi.
Nueva Zelanda: el límite de 12 millas náuticas (22,2 km; 13,8 millas) incluye Tokelau.
Papua Nueva Guinea: 3 millas náuticas (5,6 km; 3,5 millas) en determinadas zonas.
Perú: Las 200 millas náuticas (370,4 km; 230,2 mi) mar territorial se denomina “Dominio Marítimo” en el artículo 54 de la Constitución de 1993: "... En su dominio marítimo, el Perú ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de conformidad con la ley y los tratados ratificados por el Estado…”
Filipinas reclama un rectángulo, definido por coordenadas; la reclamación total se extiende más allá de las 12 millas náuticas. [ cita necesaria ]
Turquía: 6 millas náuticas (11,1 km; 6,9 millas) en el mar Egeo, 12 millas náuticas (22,2 km; 13,8 millas) en los mares Negro y Mediterráneo. [32] [33]
24 millas náuticas (44,4 km; 27,6 millas): Argelia, Angola, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Camboya, Canadá, Cabo Verde, Chile, República Popular China, Cuba, Chipre, Dinamarca, Djibouti , Dominica, República Dominicana, Egipto, Francia, Gabón, Ghana, Haití, Honduras, India, Irán, Jamaica, Japón, Liberia, [24] Madagascar, Maldivas, Malta, Islas Marshall, Mauritania, México, Marruecos, Mozambique, Myanmar, Namibia, Nauru, Países Bajos, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Omán, Pakistán, Palau, Panamá, Polonia, Portugal, Qatar, República de Corea, Rumania, Rusia, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Samoa, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sudáfrica, España, Sri Lanka, Siria, Tailandia, Timor Oriental, Trinidad y Tobago, Túnez, Tuvalu, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos de América, Uruguay, Vanuatu, Vietnam, Yemen
30 millas náuticas (55,6 km; 34,5 millas): Italia
50 millas náuticas (92,6 km; 57,5 millas): República Popular Democrática de Corea; Zona de Límite Militar de 50 millas náuticas. Anuncio del Comando del Ejército del 1 de agosto de 1977. [35] [36]
Reclamaciones de plataforma continental extendida
Al 13 de mayo de 2009, se habían presentado 51 presentaciones de 44 países para reclamaciones sobre su plataforma continental ampliada. Algunos países tienen presentaciones múltiples y presentaciones conjuntas con otros países. Se han dado recomendaciones para 8 de las presentaciones.
Envíos con recomendaciones
Lista con fecha de presentación y adopción de la recomendación por parte de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental. [37]
Reino Unido – Isla Ascensión (presentación: 9 de mayo de 2008; recomendación: 15 de abril de 2010) (la solicitud para extenderse más allá de las 200 millas náuticas falló) [38]
Australia (15 de noviembre de 2004, 9 de abril de 2008) [39]
Barbados (presentación: 8 de mayo de 2008; recomendación: 15 de abril de 2010)
Brasil (17 de mayo de 2004, 4 de abril de 2007)
Francia – respecto de las zonas de Guayana Francesa y Nueva Caledonia (22 de mayo de 2007, 2 de septiembre de 2009)
Presentación conjunta de Francia, Irlanda, España y el Reino Unido – en la zona del Mar Céltico y el Golfo de Vizcaya (19 de mayo de 2006, 24 de marzo de 2009)
Irlanda - Llanura abisal de Porcupine (25 de mayo de 2005, 5 de abril de 2007) [40] [41]
México – respecto del polígono occidental en el Golfo de México (13 de diciembre de 2007, 31 de marzo de 2009)
Nueva Zelanda (19 de abril de 2006, 22 de agosto de 2008) [42] [43]
Noruega – en el Atlántico nororiental y el Ártico (27 de noviembre de 2006, 27 de marzo de 2009)
Rusia (20 de diciembre de 2001, 27 de junio de 2002)
Otras presentaciones
Lista en orden de fecha de presentación, con fecha de presentación. [37]
Canadá - Programa de Plataforma Continental Ampliada de Canadá (2003 - en curso) para incluir el Océano Atlántico y el Ártico como parte de la plataforma de la Comisión de las Naciones Unidas sobre los Límites de la Plataforma Continental (CLCS), incluido el Polo Norte [44] [45]
Francia – zonas de las Antillas francesas y las islas Kerguelen (5 de febrero de 2009)
Indonesia - Noroeste de la isla de Sumatra (16 de junio de 2008)
Japón (12 de noviembre de 2008)
Presentación conjunta de la República de Mauricio y la República de Seychelles – en la región de la Meseta Mascareña (1 de diciembre de 2008)
Surinam (5 de diciembre de 2008)
Myanmar (16 de diciembre de 2008)
Somalia (17 de abril de 2009) [46]
Yemen – respecto del sureste de la isla de Socotra (20 de marzo de 2009)
Reino Unido – respecto del área de Hatton Rockall (31 de marzo de 2009)
Irlanda – con respecto al área de Hatton-Rockall (31 de marzo de 2009)
Las Islas Cook – en relación con la meseta de Manihiki [47] (16 de abril de 2009)
Fiyi (20 de abril de 2009)
Argentina (21 de abril de 2009)
Ghana (28 de abril de 2009)
Islandia: en la zona de la cuenca de Ægir y en las partes occidental y meridional de Reykjanes Ridge (29 de abril de 2009)
Dinamarca – en la zona al norte de las Islas Feroe (29 de abril de 2009)
Pakistán (30 de abril de 2009)
Noruega – respecto de Bouvetøya y la Tierra de la Reina Maud (4 de mayo de 2009)
Sudáfrica – respecto del territorio continental de la República de Sudáfrica (5 de mayo de 2009)
Presentación conjunta de los Estados Federados de Micronesia, Papua Nueva Guinea y las Islas Salomón – relativa a la meseta de Ontong Java (5 de mayo de 2009)
Presentación conjunta de Malasia y Vietnam – en la parte sur del Mar Meridional de China (6 de mayo de 2009)
Presentación conjunta de Francia y Sudáfrica – en la zona del archipiélago de Crozet y las Islas Príncipe Eduardo (6 de mayo de 2009)
Kenia (6 de mayo de 2009)
Mauricio – en la región de la Isla Rodrigues (6 de mayo de 2009)
Vietnam - en la zona norte (del Mar de China Meridional) (7 de mayo de 2009)
Nigeria (7 de mayo de 2009)
Seychelles – sobre la región de la Meseta Norte (7 de mayo de 2009)
Francia – respecto de la isla de La Reunión y las islas de Saint-Paul y Amsterdam (8 de mayo de 2009)
Palaos (8 de mayo de 2009)
Costa de Marfil (8 de mayo de 2009)
Sri Lanka (8 de mayo de 2009)
Portugal (11 de mayo de 2009)
Reino Unido – respecto de las Islas Malvinas y de las Islas Georgias del Sur y Sandwich del Sur (11 de mayo de 2009)
Tonga (11 de mayo de 2009)
España – respecto de la superficie de Galicia (11 de mayo de 2009)
^ DLM significa que "la legislación nacional establece los límites de una zona determinada sólo por referencia a la delimitación de fronteras marítimas con Estados adyacentes u opuestos, o a una línea mediana (equidistante) en ausencia de un acuerdo de delimitación de fronteras marítimas".
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enlaces externos
Wikimedia Commons tiene medios relacionados con las aguas territoriales .
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar