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Respuesta (ley)

En derecho, una respuesta era originalmente una afirmación solemne en contra de alguien o algo, y por lo tanto generalmente cualquier contradeclaración o defensa , una réplica a una pregunta o respuesta, una objeción , o una solución correcta de un problema. [1]

En el derecho consuetudinario , una respuesta es el primer alegato del demandado , que generalmente se presenta y se notifica al demandante dentro de un plazo estricto después de que se le haya notificado al demandado una demanda civil o una acusación o información penal . Puede haber sido precedida por una moción "previa a la respuesta" opcional para desestimar o presentar una excepción ; si dicha moción no tiene éxito, el demandado debe presentar una respuesta a la demanda o arriesgarse a una sentencia en rebeldía adversa .

En un caso penal, suele haber una lectura de cargos o algún otro tipo de comparecencia antes de que el acusado comparezca ante el tribunal. La declaración de culpabilidad o inocencia en el caso penal, que se registra en el expediente en audiencia pública, suele ser de culpabilidad o inocencia. Por lo general, en los casos civiles privados no se presenta ninguna declaración de culpabilidad o inocencia. Solo hay una sentencia que concede daños monetarios o algún otro tipo de reparación equitativa, como la restitución o una orden judicial permanente . Los casos penales pueden dar lugar a multas u otros castigos , como la prisión . [2]

Las famosas Responsa Prudentium ("respuestas de los eruditos") en latín eran las opiniones acumuladas de muchas generaciones sucesivas de juristas romanos , un cuerpo de opinión legal que gradualmente se volvió autorizado. [1]

Durante los debates de naturaleza polémica, se ha observado ampliamente la desviación, conocida coloquialmente como "cambio de tema", y a menudo se considera como no responder a una pregunta. [3]

Notas

  1. ^ ab  Una o más de las oraciones anteriores incorporan texto de una publicación que ahora es de dominio públicoChisholm, Hugh , ed. (1911). "Respuesta". Encyclopædia Britannica . Vol. 2 (11.ª ed.). Cambridge University Press. pág. 85.
  2. ^ "Cómo funcionan los tribunales". americanbar.org . Asociación Estadounidense de Abogados. 9 de septiembre de 2019 . Consultado el 23 de noviembre de 2020 . El primer paso es una comparecencia inicial (a menudo denominada comparecencia formal) ante un juez de un tribunal inferior o un magistrado, en la que se le lee la acusación al acusado y se le explican las sanciones.
  3. ^ Baaske, Kevin (2015). Argumentos y argumentación: los productos y el proceso de la toma de decisiones humana . pág. 246.