La Ley de Revisión de la Ley Estatutaria (Irlanda) de 1878 ( 41 y 42 Vict. c. 57) es una ley del Parlamento del Reino Unido que derogó para Irlanda las leyes del Parlamento de Irlanda de 1310 a 1747 que habían dejado de estar en vigor o se habían vuelto necesarias. La ley tenía por objeto, en particular, facilitar la preparación de la edición revisada de las leyes irlandesas , que se estaba elaborando en ese momento.
En el Reino Unido , las leyes del Parlamento siguen vigentes hasta que se derogan expresamente. Los Comentarios sobre las leyes de Inglaterra de Blackstone , publicados a finales del siglo XVIII , plantearon preguntas sobre el sistema y la estructura del derecho consuetudinario y la mala redacción y el desorden del código de leyes existente . [1]
En 1806, la Comisión de Registros Públicos aprobó una resolución solicitando la elaboración de un informe sobre la mejor manera de reducir el volumen del libro de estatutos. [2] De 1810 a 1825, se publicó The Statutes of the Realm , que proporcionó por primera vez la recopilación autorizada de leyes. [2] En 1816, ambas Cámaras del Parlamento aprobaron resoluciones para que se encargara a un eminente abogado con 20 empleados la tarea de hacer un compendio de los estatutos, lo que se declaró "muy conveniente de hacer". Sin embargo, esto nunca se hizo. [3]
Al comienzo de la sesión parlamentaria de 1853, Lord Cranworth anunció su intención de mejorar la legislación estatutaria y en marzo de 1853 nombró la Junta para la Revisión de la Ley Estatutaria para derogar las leyes vencidas y continuar la consolidación, con un mandato más amplio que incluía el derecho civil. [2] La Junta emitió tres informes, recomendando la creación de un organismo permanente para la reforma de la legislación estatutaria.
En 1854, Lord Cranworth nombró la Comisión Real para la Consolidación de la Ley Estatutaria con el fin de consolidar las leyes y disposiciones existentes de la ley inglesa . [2] La Comisión elaboró cuatro informes. Las recomendaciones formuladas por la Comisión se implementaron mediante la Ley de Derogación de Leyes Obsoletas de 1856 ( 19 y 20 Vict. c. 64).
El 17 de febrero de 1860, el Procurador General , Sir Richard Bethell, informó a la Cámara de los Comunes que había contratado a Sir Francis Reilly y AJ Wood para expurgar el código de estatutos de todas las leyes que, aunque no expresamente derogadas, no estaban en vigor, trabajando hacia atrás a partir del momento actual. [2]
El proyecto de ley de revisión de la ley estatutaria (Irlanda) fue concedido al Fiscal General de Irlanda , James Lowther MP, y tuvo su primera lectura en la Cámara de los Comunes el 2 de mayo de 1878. [4] El proyecto de ley tuvo su segunda lectura en la Cámara de los Comunes el 12 de abril de 1878 y (tras una serie de aplazamientos) el 6 de junio de 1878 y fue remitido a un Comité Plenario de la Cámara , [4] que se reunió e informó el 31 de julio de 1878, sin enmiendas. [4] El proyecto de ley tuvo su tercera lectura en la Cámara de los Comunes el 2 de agosto de 1878 y fue aprobado, sin enmiendas. [4]
El proyecto de ley tuvo su primera lectura en la Cámara de los Lores el 2 de agosto de 1878, presentado por el Lord Canciller , Hugh Cairns, primer conde de Cairns . [5] El proyecto de ley tuvo su segunda lectura en la Cámara de los Lores el 6 de agosto de 1878 y fue enviado a un Comité Plenario de la Cámara , [5] que se reunió e informó el 9 de agosto de 1878, sin enmiendas. [5] El proyecto de ley tuvo su tercera lectura en la Cámara de los Lores el 9 de agosto de 1878 y fue aprobado, sin enmiendas. [5]
El proyecto de ley recibió la sanción real el 13 de agosto de 1878. [5]
La ley tenía por objeto, en particular, facilitar la preparación de una edición revisada de los estatutos irlandeses .
Esta ley fue conservada para la República de Irlanda por la sección 2(2)(a) y la Parte 4 del Anexo 1 de la Ley de Revisión de la Legislación Estatutaria de 2007 .
El anexo de esta ley fue derogado por la Ley de Revisión de la Ley Estatutaria de 1894 ( 57 y 58 Vict. c. 56).
El artículo 1 de la ley derogó 461 leyes, enumeradas en el anexo de la ley, en seis categorías: [6] [c]
El artículo 1 de la ley incluía varias salvaguardas para garantizar que la derogación no afectara negativamente a los derechos existentes ni a los asuntos jurídicos en curso. En concreto, no se verían afectados los derechos, privilegios o recursos jurídicos ya obtenidos en virtud de las leyes derogadas, así como los procedimientos o principios jurídicos establecidos por ellas. El artículo 1 de la ley también garantizaba que las disposiciones derogadas que se hubieran incorporado a otras leyes seguirían teniendo efecto jurídico en esos contextos. Además, la derogación no restablecería ningún derecho, cargo o jurisdicción anterior que ya se hubiera abolido. [7]