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Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer ( CEDAW ) es un tratado internacional adoptado en 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas . Descrita como una declaración internacional de derechos de las mujeres, fue instituida el 3 de septiembre de 1981 y ha sido ratificada por 189 estados. [1] Más de cincuenta países que han ratificado la convención lo han hecho sujeto a ciertas declaraciones, reservas y objeciones, incluidos 38 países que rechazaron la aplicación del artículo 29, que aborda los medios de solución de controversias relativas a la interpretación o aplicación de la convención. [2] La declaración de Australia señaló las limitaciones al poder del gobierno central resultantes de su sistema constitucional federal. Estados Unidos y Palau firmaron el tratado, pero no lo ratificaron. La Santa Sede , Irán , Somalia , Sudán y Tonga no son signatarios de la CEDAW.

El cargo de Presidenta de la CEDAW lo ocupa actualmente Hilary Gbedemah . [3]

La Convención

Resumen

La convención tiene un formato similar a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial , "tanto en lo que respecta al alcance de sus obligaciones sustantivas como a sus mecanismos de seguimiento internacional". [4] La convención está estructurada en seis partes con 30 artículos en total. [5]

Disposiciones básicas

El artículo 1 define la discriminación contra la mujer en los siguientes términos: [5]

Cualquier distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o efecto menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, cualquiera que sea su estado civil, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, de los derechos humanos. y las libertades fundamentales en el ámbito político, económico, social, cultural, civil o en cualquier otro ámbito.

El artículo 2 exige que los Estados partes que ratifiquen la convención declaren su intención de consagrar la igualdad de género en su legislación interna, derogar todas las disposiciones discriminatorias en sus leyes y promulgar nuevas disposiciones para protegerse contra la discriminación contra las mujeres. [5] Los Estados que ratifican la convención también deben establecer tribunales e instituciones públicas para garantizar a las mujeres una protección efectiva contra la discriminación, y tomar medidas para eliminar todas las formas de discriminación practicadas contra las mujeres por individuos, organizaciones y empresas. [5]

El artículo 3 exige que los Estados partes garanticen los derechos humanos básicos y las libertades fundamentales de las mujeres "en igualdad de condiciones con los hombres" en los "campos político, social, económico y cultural". [5]

El artículo 4 señala que "[a]dopción... de medidas especiales encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre hombres y mujeres no se considerará discriminación". Añade que la protección especial de la maternidad no se considera discriminación de género. [5]

El artículo 5 exige que los Estados partes tomen medidas para tratar de eliminar los prejuicios y costumbres basados ​​en la idea de la inferioridad o superioridad de un sexo o en el papel estereotipado de hombres y mujeres . [5] También exige a los Estados partes "[a]garantizar... el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en la crianza y el desarrollo de sus hijos". [5]

El artículo 6 obliga a los Estados partes a "tomar todas las medidas apropiadas, incluida la legislación, para reprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución femenina". [5]

El artículo 7 garantiza la igualdad de las mujeres en la vida política y pública con especial atención a la igualdad en el voto , la participación en el gobierno y la participación en "organizaciones y asociaciones no gubernamentales interesadas en la vida pública y política del país". [5]

El artículo 8 establece que los Estados partes garantizarán a las mujeres la igualdad de "oportunidades para representar a su gobierno a nivel internacional y participar en el trabajo de las organizaciones internacionales ". [5]

El artículo 9 exige a los Estados partes "conceder a las mujeres los mismos derechos que a los hombres para adquirir, cambiar o conservar su nacionalidad " e iguales derechos "con respecto a la nacionalidad de sus hijos". [5]

El artículo 10 exige la igualdad de oportunidades en la educación para las estudiantes y fomenta la coeducación . También proporciona igualdad de acceso al deporte, becas y subvenciones y exige una "reducción de las tasas de deserción escolar de las estudiantes". [5]

El artículo 11 describe el derecho de la mujer al trabajo como "un derecho inalienable de todos los seres humanos". Exige igual remuneración por igual trabajo , el derecho a la seguridad social , a permisos retribuidos y a permisos de maternidad "con remuneración o con prestaciones sociales comparables sin pérdida del empleo anterior, de la antigüedad o de los subsidios sociales". Estará prohibido con sanción el despido por motivos de maternidad, embarazo o estado civil. [5]

El artículo 12 crea la obligación de los Estados partes de "tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra las mujeres en el campo de la atención médica a fin de garantizar... el acceso a los servicios de atención médica, incluidos los relacionados con la planificación familiar ". [5]

El artículo 13 garantiza la igualdad de las mujeres "en la vida económica y social", especialmente con respecto al "derecho a prestaciones familiares, el derecho a préstamos bancarios, hipotecas y otras formas de crédito financiero, y el derecho a participar en actividades recreativas, deportivas y todos los aspectos de la vida cultural." [5]

El artículo 14 brinda protección a las mujeres rurales y sus problemas especiales, garantizando el derecho de las mujeres a participar en programas de desarrollo, "a tener acceso a instalaciones de atención médica adecuadas", "a participar en todas las actividades comunitarias", "a tener acceso al crédito agrícola". " y "disfrutar de condiciones de vida adecuadas". [5]

El artículo 15 obliga a los Estados partes a garantizar "la igualdad de las mujeres con los hombres ante la ley", incluida "una capacidad jurídica idéntica a la de los hombres". También concede "a hombres y mujeres los mismos derechos en materia de legislación relativa a la circulación de personas y la libertad de elegir su residencia y domicilio". [5]

El artículo 16 prohíbe "la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares". En particular, otorga a hombres y mujeres "el mismo derecho a contraer matrimonio, el mismo derecho a elegir libremente cónyuge", "los mismos derechos y responsabilidades durante el matrimonio y en su disolución", "los mismos derechos y responsabilidades que los padres ,", "los mismos derechos a decidir libre y responsablemente sobre el número y el espaciamiento de sus hijos", "los mismos derechos personales que marido y mujer, incluido el derecho a elegir un apellido, una profesión y una ocupación", "los mismos derechos para ambos cónyuges respecto de la propiedad, adquisición, gestión, administración, goce y disposición de los bienes, ya sea a título gratuito o a título oneroso." [5]

Artículos 17 – 24 Estos artículos describen la composición y los procedimientos del Comité CEDAW, como la estructura jerárquica y las reglas y regulaciones de procedimiento sistemático de la relación entre la CEDAW y la legislación nacional e internacional y la obligación de los Estados de tomar todas las medidas necesarias para implementar la CEDAW. en forma completa. [6]

Artículos 25 – 30 (Administración de la CEDAW)

Estos artículos describen los procedimientos administrativos generales relacionados con la aplicación de la CEDAW, la ratificación y la presentación de reservas de los estados interesados. [6]

CEDAW con RCSNU 1325 y 1820

Un mapa mundial que muestra los países según la aplicación de la CEDAW, 2010

Los eventos del décimo aniversario de la Resolución 1325 destacan el uso de los mecanismos de la CEDAW [7]

El décimo aniversario de la Resolución 1325 en octubre de 2010 destacó la creciente demanda de rendición de cuentas ante la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de la ONU sobre Mujeres, Paz y Seguridad. Muchos expresaron su preocupación por el hecho de que sólo 22 de 192 Estados miembros hayan adoptado planes de acción nacionales. Las mujeres todavía están insuficientemente representadas, si no totalmente ausentes, en la mayoría de las negociaciones oficiales de paz, y la violencia sexual en tiempos de paz y en conflicto sigue aumentando.

Estas realidades enfatizaron la necesidad de utilizar mecanismos legales externos para fortalecer la implementación de la RCS 1325, particularmente la CEDAW. Los mecanismos bien establecidos de la CEDAW (el informe de cumplimiento de los Estados miembros y el proceso de presentación de informes paralelos de la sociedad civil) fueron citados como posibles instrumentos para garantizar la rendición de cuentas.

Varias reuniones regionales e internacionales, incluido el Seminario de Alto Nivel "1325 en 2020: Mirando hacia adelante... Mirando hacia atrás", organizado por el Centro Africano para la Resolución Constructiva de Disputas, y la "Conferencia Internacional de Estocolmo 10 años con 1325 – ¿Y ahora qué? " Pidió el uso de la CEDAW para mejorar la implementación de 1325.

Intersección entre la RCS 1325 y la CEDAW [8]

Si bien la CEDAW y las Resoluciones 1325 y 1820 del Consejo de Seguridad de la ONU sobre Mujeres, Paz y Seguridad son instrumentos internacionales importantes por sí solos, también existe una intersección entre los tres estándares que pueden usarse para mejorar su implementación e impacto.

Las Resoluciones 1325 y 1820 amplían el alcance de la aplicación de la CEDAW al aclarar su relevancia para todas las partes en conflicto, mientras que la CEDAW proporciona una guía estratégica concreta para las acciones que se deben tomar en relación con los compromisos amplios descritos en las dos Resoluciones. [9]

La CEDAW es un tratado global de derechos humanos que debería incorporarse a la legislación nacional como el estándar más alto para los derechos de las mujeres. Requiere que los Estados miembros de la ONU que lo han ratificado (185 hasta la fecha) establezcan mecanismos para realizar plenamente los derechos de las mujeres .

La Resolución 1325 es una ley internacional adoptada unánimemente por el Consejo de Seguridad que exige a los Estados miembros de la ONU involucrar a las mujeres en todos los aspectos de la consolidación de la paz, incluido garantizar la participación de las mujeres en todos los niveles de la toma de decisiones sobre cuestiones de paz y seguridad.

La resolución 1820 vincula la violencia sexual como táctica de guerra con el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. También exige un informe completo del Secretario General de la ONU sobre la implementación y estrategias para mejorar el flujo de información al Consejo de Seguridad; y la adopción de medidas concretas de protección y prevención para poner fin a la violencia sexual.

Las Resoluciones 1325 y 1820 y la CEDAW comparten la siguiente agenda sobre los derechos humanos de las mujeres y la igualdad de género : [7]

  1. Exigir la participación de las mujeres en la toma de decisiones a todos los niveles.
  2. Rechazo de la violencia contra las mujeres porque impide el avance de las mujeres y mantiene su estatus subordinado.
  3. Igualdad de mujeres y hombres ante la ley; protección de mujeres y niñas a través del estado de derecho
  4. Exigir fuerzas y sistemas de seguridad para proteger a mujeres y niñas de la violencia de género
  5. Reconocimiento del hecho de que las distintas experiencias y cargas de las mujeres y las niñas provienen de la discriminación sistémica
  6. Garantizar que las experiencias, necesidades y perspectivas de las mujeres se incorporen en las decisiones políticas, jurídicas y sociales que determinan el logro de una paz justa y duradera.

Una Observación General del comité CEDAW podría fortalecer la defensa de las mujeres para la plena implementación de las Resoluciones 1325 y 1820 a nivel nacional y comunitario. Por el contrario, las dos Resoluciones subrayarán aún más la importancia de la CEDAW para las zonas afectadas por conflictos. En otras palabras, los tres instrumentos internacionales se reforzarán mutuamente y serán mucho más eficaces si se utilizan juntos para aprovechar los derechos humanos de las mujeres. [10]

Miembros y ratificación

Los seis estados miembros de la ONU que no han ratificado ni accedido a la convención son Irán , Palau , Somalia , Sudán , Tonga y Estados Unidos . [11]

El único estado no miembro de la ONU que no se había adherido a la convención es la Santa Sede / Ciudad del Vaticano . [11] [12]

La República de China (Taiwán) también ratificó el tratado en 2007 en su legislatura, pero no está reconocida por las Naciones Unidas y es parte del tratado sólo de manera extraoficial. [13]

El último Estado que se adhirió a la convención fue Sudán del Sur el 30 de abril de 2015. [11]

Estados Unidos hizo varios intentos fallidos de ratificación en 1988, 1990, 1994, 2000 y 2010. [14] [15] Dentro de Estados Unidos, más de 40 ciudades y gobiernos locales han adoptado ordenanzas o resoluciones de la CEDAW. [dieciséis]

Reservas

Se han formulado muchas reservas contra determinados artículos de la convención. [17] También hay algunas reservas que no son específicas de un artículo de la convención, sino más bien una reserva general a todos los aspectos de la convención que violarían un principio declarado. Por ejemplo, Mauritania hizo una reserva afirmando que aprobaba la convención "en todas y cada una de sus partes que no sean contrarias a la Sharia islámica ". [18] Varias de estas reservas, especialmente aquellas formuladas por partidos de estados islámicos, están sujetas a mucho debate. [4]

El artículo 28 de la convención establece que "no se permitirá ninguna reserva incompatible con el objeto y fin de la presente convención". [5] Como resultado, muchos Estados partes han presentado objeciones a las reservas de otros Estados partes. [19] Específicamente, muchos estados nórdicos partes estaban preocupados de que algunas de las reservas estuvieran "socavando la integridad del texto". [20] A lo largo de los años, algunos Estados partes han retirado sus reservas.

En mayo de 2015, sesenta y dos Estados partes habían presentado reservas contra alguna parte de la convención. [18] Veinticuatro Estados partes han presentado objeciones a al menos una de estas reservas. [18] El artículo más reservado es el artículo 29, relativo a la solución de controversias y la interpretación de la convención, con treinta y nueve reservas. [18] Debido a que las reservas al artículo 29 están expresamente permitidas por la propia convención, estas reservas no fueron muy controvertidas. [20] El artículo 16, relativo a la igualdad de la mujer en el matrimonio y la vida familiar, está sujeto a veintitrés reservas. [18] El comité, en la Recomendación general núm. 28, declaró específicamente que las reservas al artículo 2, relativo a la no discriminación general, son inadmisibles. [21] Sin embargo, el artículo 2 tiene diecisiete reservas. [18]

Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, generalmente abreviado como "Comité CEDAW", es el órgano creado en virtud de tratados de las Naciones Unidas (ONU) que supervisa la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW). La formación de este comité fue descrita en el artículo 17 de la CEDAW, [22] que también estableció las reglas, el propósito y los procedimientos operativos del comité. [23] A lo largo de sus años de funcionamiento, el comité ha celebrado múltiples sesiones para garantizar que se sigan las normas descritas en la CEDAW. Con el tiempo, las prácticas del comité han evolucionado debido a un mayor enfoque en las cuestiones de los derechos de las mujeres .

Historia del comité

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer se formó el 3 de septiembre de 1981 después de que la CEDAW recibiera las 20 ratificaciones necesarias para que entrara en vigor. El artículo 17 de la CEDAW estableció el comité para garantizar que los países que la habían firmado y aceptado estar obligados por ella siguieran las disposiciones de la CEDAW. [23] El primer período ordinario de sesiones del comité se celebró del 18 al 22 de octubre de 1982. En este período de sesiones, la primera mesa del comité fue elegida por mayoría simple, y la Sra. L. Ider de Mongolia pasó a ser presidenta. [24] Otros funcionarios elegidos fueron tres vicepresidentes: M. Caron de Canadá, Z. Ilic de Yugoslavia y L. Mukayiranga de Ruanda . El último funcionario elegido fue D. P. Bernard de Guyana como relator del comité. Durante esta sesión, el comité también aprobó por unanimidad adoptar su reglamento interno . [24]

Sesiones

Palacio de las Naciones

Las reglas sobre dónde y cuándo el comité puede celebrar sesiones se establecen en su reglamento interno. [25]

El comité puede celebrar tantas reuniones como sean necesarias para desempeñar eficazmente sus funciones, autorizando los estados parte de la CEDAW y el Secretario General de las Naciones Unidas el número de sesiones ordinarias que se celebren. [25] Además, pueden celebrarse sesiones especiales a petición de un Estado parte en la convención o de la mayoría de los miembros que forman parte del comité. [25] Hasta la fecha se han celebrado setenta y dos sesiones, la más reciente tuvo lugar del 18 de febrero al 9 de marzo de 2019. [26] Las primeras treinta y nueve sesiones se llevaron a cabo en el edificio de la sede de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York, con el cuadragésimo período de sesiones y los posteriores celebrados en el Palacio de las Naciones de Ginebra. [26] En sus sesiones ordinarias, el Comité escucha informes de los Estados parte de la CEDAW sobre sus avances en la adhesión a la CEDAW y la implementación de sus ideas en sus países. [27] El comité también celebra grupos de trabajo previos al período de sesiones para discutir las cuestiones y preguntas que el comité debería abordar durante el siguiente período de sesiones.

Informes

Sede de la ONU

Según el artículo 18 de la CEDAW, los estados deben informar al comité sobre el progreso que han logrado en la implementación de la CEDAW dentro de su estado. [25] Como la mayor parte de la información con la que trabaja el comité proviene de estos informes, se han desarrollado pautas para ayudar a los estados a preparar informes precisos y útiles. [28] Los informes iniciales que analizan el panorama actual de la discriminación contra las mujeres en los estados informantes deben abordar específicamente cada artículo de la CEDAW y constar de no más de cien páginas. [25] Los Estados deben preparar y presentar estos informes iniciales dentro del año de haber ratificado la CEDAW. [23] Los informes periódicos que detallan el progreso del Estado en la adhesión a los artículos de la CEDAW no deben tener más de setenta y cinco páginas y deben centrarse en el período de tiempo específico transcurrido desde el último informe del Estado. [25] Los Estados parte de la CEDAW generalmente deben presentar informes periódicos cada cuatro años, pero si el comité está preocupado por la situación en ese estado, puede solicitar un informe en cualquier momento. [23]

El comité elige qué informes abordar considerando factores como la cantidad de tiempo que el informe ha estado pendiente, si el informe es inicial o periódico (dando más prioridad a los informes iniciales) y de qué región se origina el informe. [25] Se invita a ocho estados a presentar sus informes durante cada sesión y se requiere que un representante del estado esté presente cuando se presente el informe. [25] El comité se centra en el diálogo constructivo cuando se presenta un informe y aprecia la gestión cuidadosa del tiempo por parte del estado que presenta su informe. [25] Debido a la gran acumulación de informes atrasados, el comité ha alentado a los estados a combinar todos sus informes pendientes en un solo documento y envía recordatorios a los estados que tienen informes con cinco años de retraso. [25] La CEDAW también exige que el comité proporcione un informe anual que incluya sus actividades, comentarios relacionados con los informes proporcionados por los estados, información relacionada con el Protocolo Facultativo de la CEDAW y cualquier otra sugerencia o recomendación general que haya hecho el comité. [25] Este informe se entrega a la Asamblea General de las Naciones Unidas a través del Consejo Económico y Social . [25] Todos los informes, agendas y otros documentos oficiales pertenecientes al comité, incluidos los informes proporcionados por los estados, se proporcionan al público a menos que el comité decida lo contrario. [25]

Recomendaciones generales

Además de emitir su informe anual y ofrecer asesoramiento a los estados informantes, el comité tiene la capacidad de emitir recomendaciones generales que detallan sus puntos de vista sobre las obligaciones impuestas por la CEDAW. [28] Hasta la fecha, el comité ha emitido treinta y dos recomendaciones generales, la última de las cuales trata sobre las dimensiones relacionadas con el género del estatus de refugiado, el asilo, la nacionalidad y la apatridia de las mujeres. [29] Las recomendaciones emitidas por el comité en su primera década fueron breves y abordaron principalmente el contenido de los informes de los estados y las reservas a la convención. [28] Desde 1991, sin embargo, las recomendaciones se han centrado en guiar la aplicación de la CEDAW por parte de los Estados en situaciones específicas. [28] La formulación de una recomendación general comienza con el diálogo entre el comité sobre el tema de la recomendación con varias organizaciones no gubernamentales y otros órganos de la ONU. [28] La recomendación es luego redactada por un miembro del comité y discutida y revisada en la siguiente sesión, y finalmente adoptada en la siguiente sesión. [28]

Actualmente el comité está trabajando en la Recomendación General sobre la Trata de mujeres y niñas en el contexto de la migración global.

Cambios en el comité

Durante los primeros diez años, el funcionamiento del comité fue muy diferente al actual. La única forma de censura dada al comité por la CEDAW fueron sus recomendaciones generales y comentarios finales tras un informe. [40] Debido al surgimiento de la Campaña Global por los Derechos Humanos de las Mujeres en 1991 se prestó más atención a la CEDAW, reviviendo el comité. [40] El comité hizo cambios a la CEDAW que le permitieron reunirse más de una vez al año, y ha aprovechado esto reuniéndose al menos dos veces al año desde 1997. [40] El comité originalmente solo se reunió durante dos semanas en su sesiones anuales, pero ahora eso se ha cambiado para reunirse varias veces al año en sesiones de dieciocho días. [27] La ​​CEDAW también obtuvo nuevos procedimientos de denuncia e investigación que permiten al comité iniciar procedimientos de investigación si cree que un Estado está violando gravemente los artículos de la CEDAW. [40]

Recomendaciones de mejora

A pesar de haber evolucionado desde que se formó el comité, los miembros creen que hay maneras en que el comité puede cumplir mejor los objetivos descritos en la CEDAW. [23] Uno de los principales objetivos del comité en el futuro es ampliar su base de información, lo que le permitirá abordar más eficazmente las cuestiones que surjan en relación con la CEDAW. [23] El comité está autorizado en el artículo 22 de la CEDAW a invitar a agencias especializadas de la ONU, como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, a presentar informes sobre cuestiones de derechos de las mujeres en el estado en discusión. [23] Otro método para recopilar información es solicitar informes a organizaciones no gubernamentales que se ocupan de la discriminación contra las mujeres que operan en el país en discusión. [23] Esto se recomienda para garantizar que el comité reciba una imagen completa e imparcial de los asuntos dentro del estado informante. [23]

Otra recomendación de mejora implica interpretar y aclarar el lenguaje utilizado en la CEDAW para que el documento sea lo más útil posible. [23] Una tercera mejora que se ha sugerido es mejorar la eficiencia del comité. [23] Debido al retraso en los informes que enfrenta el comité, se ha sugerido que los funcionarios gubernamentales que preparan los informes presentados al comité deberían recibir capacitación, a fin de que todos los informes sean uniformes y más fáciles de procesar. [23] Una última sugerencia de mejora es la implementación de un derecho de petición en la CEDAW, permitiendo al comité escuchar quejas de ciudadanos de un estado contra el estado, aumentando la fuerza del comité y el impacto directo sobre el problema de la discriminación contra las mujeres. [23]

Idiomas

Los idiomas oficiales del comité son inglés , árabe , francés , ruso y español , y cualquier declaración hecha en uno de los idiomas oficiales se traduce a los otros cuatro. [25] Un hablante que no habla uno de los idiomas oficiales proporciona un traductor. [25] Todas las decisiones y documentos formales emitidos por el comité se proporcionan en cada uno de los idiomas oficiales. [25] El reglamento original adoptado por el comité no incluía el árabe como idioma oficial, pero el reglamento fue modificado en la segunda sesión del comité para incluirlo. [24]

Miembros y funcionarios del Comité

Veintitrés miembros forman parte del comité, descritos como expertos por su experiencia y conocimientos en cuestiones de mujeres. [41] Los miembros son nominados por sus gobiernos nacionales y elegidos mediante votación secreta por los estados parte de la convención. [41] Al ganar las elecciones y asumir sus responsabilidades, los miembros del comité recitan la siguiente declaración, conocida como declaración solemne: "Declaro solemnemente que desempeñaré mis deberes y ejerceré mis poderes como miembro del Comité para la Eliminación de Discriminación Contra la Mujer de manera honorable, fiel, imparcial y concienzuda". [25] Los miembros provienen de una amplia gama de ocupaciones, incluidos médicos, abogados, diplomáticos y educadores, y brindan varios puntos de vista al comité debido a su diversidad. [41] Muchos miembros continúan teniendo trabajos de tiempo completo fuera del comité y reciben poco pago monetario por su trabajo en el comité. [41]

Para garantizar que la nacionalidad de los miembros abarque todos los diversos estados que han firmado la CEDAW, los miembros se eligen según las regiones divididas en América Latina y el Caribe , África , Asia , Europa Occidental y Europa del Este . [41] Los miembros del comité se diferencian de los de otros órganos de tratados de las Naciones Unidas en que todos han sido mujeres con una sola excepción. [23] En caso de que un miembro del comité no pueda continuar sirviendo en el comité antes de que finalice su mandato, el estado que había nominado al miembro que renuncia deberá nominar a otro experto de su país para ocupar el puesto. [25] Los miembros y expertos del comité también asisten a un almuerzo anual, organizado por la ONG Comité sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer, Nueva York (NGO CSW/NY), donde se debaten cuestiones clave y se honran los esfuerzos del comité. [42]

Oficiales del Comité

La mesa del comité está compuesta por un presidente, tres vicepresidentes y un relator. [43] Los miembros del comité son nombrados por otro miembro del comité, a diferencia de un gobierno que nombra a los miembros del comité. [24] Todos los funcionarios son elegidos por mayoría de votos para un mandato de dos años y siguen siendo elegibles para la reelección una vez expirado su mandato. [25] Las funciones del presidente incluyen declarar abierta o cerrada una reunión, dirigir la discusión en una sesión, anunciar las decisiones tomadas por el comité, preparar las agendas en consulta con el secretario general, designar a los miembros de los grupos de trabajo previos a la sesión y representar al comité en las reuniones de las Naciones Unidas a las que el comité está invitado a participar. [25] En caso de que la presidenta no pueda desempeñar alguna de sus funciones, designa a uno de los tres vicepresidentes para que asuma su función. Si el presidente no designa a un vicepresidente antes de su ausencia, asumirá el cargo el vicepresidente con el primer nombre en orden alfabético inglés. [25] En caso de que un funcionario no pueda continuar sirviendo en el comité antes de que expire su mandato, un nuevo funcionario de la misma región que el funcionario original será nominado, elegido y asumirá el cargo vacante. [25] A junio de 2019, los 23 miembros son:

Protocolo Facultativo

El Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer es un acuerdo paralelo a la convención que permite a sus partes reconocer la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer para considerar quejas de individuos. [45]

El Protocolo Facultativo fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 6 de octubre de 1999 y entró en vigor el 22 de diciembre de 2000. [46] Actualmente cuenta con 80 signatarios y 114 partes. [47]

Controversia

La controversia en torno a la CEDAW proviene de dos direcciones opuestas: los conservadores sociales y religiosos que afirman que la CEDAW busca imponer un estándar liberal , progresista y feminista a los países, en detrimento de los valores tradicionales ; y feministas radicales , que son escépticas sobre el poder, o incluso el deseo, de la CEDAW de transformar radicalmente las sociedades y liberar verdaderamente a las mujeres, y afirman que la CEDAW se adhiere a una forma de feminismo liberal débil similar a otras organizaciones tradicionales. También afirman que los miembros de la ONU no pueden crear objetivos que representen los valores de los pobres, los conservadores, los religiosos o los débiles, porque pocos funcionarios o personal de la ONU, si es que hay alguno, pertenecen en realidad a este grupo al que dicen representar. [48] ​​[49] [50]

En 2016, el candidato nominado por los países nórdicos , Gunnar Bergby , causó controversia, después de que el gobierno noruego hubiera utilizado "cuotas de género radicales" para nominarlo frente a una mujer "más calificada", la experta en CEDAW Anne Hellum , cuya candidatura había sido apoyada por todos los las grandes ONG dedicadas a los derechos de las mujeres y los entornos de investigación sobre el derecho de las mujeres en los países nórdicos, así como el miembro saliente del comité nórdico Niklas Bruun; como resultado, la nominación de Bergby fue "ampliamente condenada" por ONG y expertos en derechos de las mujeres en todos los países nórdicos. Bergby fue el tercer hombre consecutivo de los países nórdicos nominado para el comité, mientras que ninguna mujer de los países nórdicos había sido nominada desde la década de 1990; El Ministerio de Asuntos Exteriores de Noruega dijo a las ONG de derechos de las mujeres que se negaron a nominar a una mujer por principio porque querían a un hombre por tercera vez debido a la necesidad de "voces de hombres". La profesora de Derecho de la Universidad de Oslo, Cecilia Bailliet, afirmó que las ONG defensoras de los derechos de las mujeres en los países nórdicos estaban "conmocionadas" por el nombramiento de Bergby como una mujer "más cualificada" y que Noruega había "violado sus compromisos con la igualdad de género, así como los derechos noruegos". ley". [51] [52] [53] [54]

En 2019, la activista andorrana de derechos humanos Vanessa Mendoza Cortés presentó un caso ante la CEDAW para la despenalización del aborto en Andorra y posteriormente fue llevada a los tribunales por difamación por parte del gobierno de Andorra. [55] [56] [57]

Ver también

Referencias

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Otras lecturas

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