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Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales

La Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales es un tratado internacional adoptado en octubre de 2005 en París durante la 33ª sesión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). En respuesta a los temores de que la globalización conduzca a una cultura global cada vez más uniforme, permite a los estados proteger la diversidad cultural promoviendo y defendiendo sus propias industrias culturales. [1] También establece la cooperación internacional para ayudar a proteger las industrias culturales de los países en desarrollo , incluida la creación del Fondo Internacional para la Diversidad Cultural. [2] Reafirma muchos de los principios de la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural de 2001 pero, a diferencia de esa declaración, es jurídicamente vinculante y requiere la ratificación legal de los estados miembros. La convención es el primer tratado internacional que otorga a los bienes culturales un estatus especial, con valor cultural además de económico. [3]

La convención se dirige a muchos públicos y opera en tres niveles principales. Primero, es un tratado internacional que rige la cooperación entre estados. En segundo lugar, orienta a los gobiernos nacionales e internacionales en la legislación y otras acciones que pueden tomar para preservar la diversidad cultural dentro de sus estados o regiones. En tercer lugar, exige la acción de organismos públicos y civiles a nivel local y nacional para apoyar las diversas expresiones culturales. [4] La convención no tiene un órgano de aplicación; deja la aplicación a los estados miembros pero establece procedimientos en caso de disputas entre ellos. [5]

Ciento cuarenta y ocho países votaron a favor de aprobar el tratado, cinco se abstuvieron y Estados Unidos e Israel se opusieron. [6] El acuerdo entró en vigor en marzo de 2007 y ha sido ratificado por 151 estados, así como por la Unión Europea .

Antecedentes y negociaciones

La convención fue una respuesta a los tratados y otras medidas internacionales que promueven la liberalización del comercio de bienes culturales, especialmente las acciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC) . Se consideró que estas medidas socavaban el derecho soberano de los estados a utilizar políticas culturales para apoyar sus propias industrias culturales . [6] La convención tenía como objetivo proporcionar un acuerdo internacional jurídicamente vinculante que reafirme ese derecho. [7] [2] Consagra la opinión de que los bienes y servicios creados como expresiones culturales tienen una naturaleza tanto económica como cultural y, por lo tanto, no pueden verse puramente como bienes económicos . [8] La convención también define la industria cultural y la interculturalidad [9] y pide la cooperación internacional, especialmente para apoyar las industrias culturales de los países en desarrollo. [10]

El impacto de la liberalización del comercio en la política cultural

El concepto de diversidad de expresiones culturales es el resultado de un cambio de paradigma en la forma en que se considera la cultura en las relaciones internacionales , particularmente en el contexto de los acuerdos destinados a liberalizar el comercio. Sucede a los conceptos de excepción cultural o exención cultural que aparecieron durante los años 1980. La conciencia por parte de ciertos Estados de los impactos de la liberalización de los intercambios económicos en sus políticas culturales es el detonante del surgimiento del concepto de diversidad cultural [11] y de la necesidad de proteger la diversidad de las expresiones culturales, en particular debido a la fortaleza del mercado cinematográfico de Hollywood . [12]

La convención nació del deseo de reconciliar la diversidad cultural con acuerdos comerciales cada vez más liberales. [12] La comunidad internacional fue reduciendo progresivamente las barreras al libre comercio , facilitando el movimiento de bienes, servicios y capitales entre estados. En varios acuerdos de libre comercio, los estados pudieron establecer excepciones a sus compromisos, ya sea para proteger sectores específicos o para proteger sus políticas como la ambiental, la social o la cultural.

El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1947 ya reconocía la especificidad cultural del sector cinematográfico al permitir a los estados mantener ciertos tipos de cuotas de pantalla para garantizar la transmisión de películas nacionales. [13] Cuando se estaba reformando el sistema comercial en los años 1980 y 1990, Canadá y Francia pidieron que se diera un trato especial a los servicios audiovisuales en el nuevo Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS) [13] entonces en negociación. Estados Unidos se opuso firmemente a esto, lo que condujo al "fracaso de la excepción cultural", expresión que refleja la imposibilidad de excluir al sector cultural del sistema comercial multilateral reformado. [13]

La vulnerabilidad de las políticas culturales estatales también es evidente en algunas disputas comerciales, sobre todo en Canadá: ciertas medidas relativas a las publicaciones periódicas. [14] En ese caso, el Grupo Especial rechazó uno de los argumentos del Canadá de que, como el contenido de las publicaciones periódicas canadienses y estadounidenses difiere, los productos no son similares y, por lo tanto, el Canadá puede tratarlos de manera diferente. [15] Al final, no se adoptaron determinadas medidas para proteger la industria periódica canadiense. [dieciséis]

Un tema de negociación es si los productos con valor cultural deben tratarse como cualquier otro bien. [17] Algunos Estados responden afirmativamente, argumentando que es necesario adoptar un instrumento jurídico independiente del sistema comercial multilateral de la OMC [18] para reconocer la doble naturaleza, económica y cultural, de los bienes y servicios culturales. El reconocimiento de esta doble naturaleza se refleja en ciertos acuerdos comerciales bilaterales o regionales que incluyen cláusulas de exención cultural. El primer acuerdo que contenía una cláusula de exención cultural fue el Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Estados Unidos de 1988.

La aplicación de normas comerciales a productos culturales plantea un problema particular. Al asumir compromisos en acuerdos económicos, los estados acuerdan eliminar todas las formas de discriminación entre productos culturales nacionales e importados. Al hacerlo, están renunciando gradualmente a su soberanía cultural, es decir, a su capacidad para desarrollar políticas culturales y brindar apoyo a sus propias industrias culturales, que reflejan su identidad. En este sentido, los propios fundamentos del libre comercio dificultan el reconocimiento de la naturaleza específica de los productos culturales, que son portadores de identidad, valor y significado, [19] de ahí la necesidad de incorporar cláusulas de excepción cultural y de exención cultural (cláusulas culturales). en acuerdos económicos.

Aunque estas cláusulas se multiplican, [20] en los círculos culturales persiste la preocupación por la progresiva liberalización del sector cultural y la reiterada caracterización de los productos culturales como meras "mercancías". [21] De hecho, las cláusulas culturales reciben una recepción mixta durante las negociaciones comerciales. Algunos Estados los consideran proteccionistas y , por tanto, contrarios a la ideología del libre comercio , que favorece los mercados abiertos . Estados Unidos generalmente se niega a incorporar tales cláusulas en los acuerdos de libre comercio que negocia.

El concepto de diversidad cultural permite una perspectiva más positiva y un enfoque más positivo del libre comercio. Permite lograr un equilibrio entre los beneficios económicos de la apertura de las economías y la consideración de la especificidad de los productos culturales. [22]

El papel de la UNESCO

La Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales es una de las siete convenciones de la UNESCO que abordan las cuatro áreas centrales de la diversidad creativa; patrimonio cultural y natural, bienes culturales muebles , patrimonio cultural inmaterial y creatividad contemporánea . [8] Las otras son la Convención Universal sobre Derecho de Autor (1952, seguida de una revisión en 1971), la Convención de La Haya para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado (1954/1999), la Convención sobre los Medios de Prohibición y Prevención de la importación, exportación y transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales (1970), la Convención sobre la protección del patrimonio cultural y natural mundial (1972), la Convención sobre la protección del patrimonio cultural subacuático (2001) y la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (2003). [8]

Ante el hecho de que los compromisos asumidos en el seno de la OMC no permitían el reconocimiento de la naturaleza dual de los bienes y servicios culturales, [23] algunos Estados decidieron a finales de los años 1990 trasladar el debate a la UNESCO. Por un lado, la Constitución de la UNESCO, y en particular sus artículos 1 y 2, la convierten en el foro internacional apropiado para este debate. [24] Por otro lado, Estados Unidos no era miembro de esta organización en ese momento (se reincorporó a la UNESCO en 2003 cuando se inició la negociación de la convención), lo que creó un contexto favorable para el desarrollo de un instrumento multilateral destinado a proteger la diversidad cultural. [25]

En 1998, el Plan de Acción sobre Políticas Culturales para el Desarrollo elaborado en la Conferencia de Estocolmo [26] recomendaba que los bienes y servicios culturales deberían recibir un trato diferente al de otras mercancías. [27] Este plan de acción sienta las bases para la evolución de la diversidad cultural desde principios de la década de 2000 en adelante.

Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural

La Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural fue adoptada por unanimidad por 188 estados miembros el 2 de noviembre de 2001, tras los ataques del 11 de septiembre . [28] Afirma "que el respeto a la diversidad de las culturas , la tolerancia, el diálogo y la cooperación, en un clima de confianza y comprensión mutuas, se encuentran entre las mejores garantías de la paz y la seguridad internacionales". Representa una oportunidad para "rechazar categóricamente la tesis de los conflictos ineludibles de culturas y civilizaciones". [29]

En el artículo 8 de la declaración, los miembros de la UNESCO afirman que "los bienes y servicios culturales [...], porque transmiten identidad, valores y significado, no deben ser tratados como mercancías o bienes de consumo como cualquier otro". En el artículo 9, el papel de las políticas culturales se define como una herramienta para "crear condiciones propicias para la producción y difusión de bienes y servicios culturales diversificados".

Esta declaración no es jurídicamente vinculante. [30] La conveniencia de negociar un instrumento jurídico internacional vinculante se establece en el Anexo II de la declaración. Varios artículos de la declaración están incluidos en la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales.

Negociaciones

El trabajo para la convención comenzó en el otoño de 2003, con una decisión de la Conferencia General de la UNESCO. [31] [32] Quince expertos independientes participaron en una serie de tres reuniones para crear un borrador preliminar. Este borrador se distribuyó a los estados miembros en julio de 2004. Formó la base para las negociaciones intergubernamentales desde el otoño de 2004 en adelante para preparar el proyecto de convención que se presentará a la Conferencia General en 2005. [33] [34] [35] [ 36]

La primera reunión intergubernamental, celebrada del 20 al 24 de septiembre de 2004, estableció la estructura de negociación y expresó las opiniones respectivas sobre el tipo de convención futura. Persistieron las diferencias de opinión respecto del propósito de la convención, su relación con otros acuerdos internacionales y el nivel de compromiso requerido. [34] En la segunda reunión intergubernamental, la Asamblea Plenaria examinó casi todas las disposiciones del anteproyecto. Se discutieron las definiciones de términos clave, al igual que el mecanismo de solución de disputas. [35]

Una de las dificultades importantes encontradas en las negociaciones fue la cuestión de si la convención prevalecería sobre otros acuerdos internacionales existentes o futuros negociados por las partes o estaría subordinada a ellos. [37] Inicialmente, las posiciones de los estados estaban polarizadas sobre si habría una cláusula explícita que estableciera las relaciones entre la convención y otros compromisos internacionales. [38] [39] Algunos estados, incluidos Estados Unidos , Japón , Nueva Zelanda , Túnez e India , cuestionaron la necesidad de tal cláusula. [35] Una mayoría de Estados, por otra parte, quería que la convención fuera colocada en pie de igualdad con otros instrumentos. [40] Argumentaron que la naturaleza dual de los bienes y servicios culturales significa que deberían ser tratados tanto en los textos de la OMC como en los de la UNESCO. [41] Finalmente se acordó la necesidad de incorporar dicha cláusula. Confirmaría la complementariedad y la no jerarquía entre la convención y otros instrumentos jurídicos internacionales. Este se convertiría en el artículo 20 de la convención. [42] [35]

En la tercera reunión intergubernamental, se encargó a un grupo de trabajo encontrar un compromiso entre las posiciones expresadas hasta la fecha sobre la relación de la convención con otros tratados. Una tormentosa votación sobre el texto del Artículo 20 llevó a Estados Unidos a solicitar el registro de su oposición formal al texto adoptado. Entre el final de las negociaciones y la 33ª Conferencia General de la UNESCO, Estados Unidos lideró una campaña para reabrir las negociaciones. [43] Canadá respondió proponiendo que el anteproyecto se considerara un proyecto de convención que se votaría para su adopción en la 33ª reunión de la Conferencia General, y así fue. [33] Antes de la Conferencia General, Condoleezza Rice , Secretaria de Estado de los Estados Unidos, escribió a los asistentes, pidiéndoles que no firmaran la convención, que, según ella, "invita al abuso por parte de fuerzas opuestas a la libertad de expresión y al libre comercio". [44]

Objetivo

El principal objetivo de la convención es proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales. [45] La convención destaca el hecho de que la creatividad cultural ha recaído en toda la humanidad y que, aparte de los beneficios económicos, la diversidad creativa genera muchas ventajas culturales y sociales. [8] Los Estados también deben promover la "apertura a otras culturas del mundo". La convención también incluye medidas de protección y se fomenta la cooperación internacional en momentos de necesidad.

Los objetivos adicionales son los siguientes:

La convención también afirma que "la diversidad cultural sólo puede protegerse y promoverse si se garantizan los derechos humanos y las libertades fundamentales , como la libertad de expresión , información y comunicación, así como la capacidad de los individuos de elegir expresiones culturales" [46] en una manera de luchar contra un relativismo cultural que puede socavar la universalidad de los derechos humanos.

Los beneficiarios previstos de la convención incluyen a todos los individuos y sociedades. La convención enumera varios grupos, como mujeres, pueblos indígenas, minorías y artistas y profesionales de países en desarrollo, como específicamente destinados a beneficiarse. [8]

Contenido

Preámbulo

El preámbulo afirma la importancia y los beneficios de la diversidad cultural y del "marco de democracia, tolerancia, justicia social y respeto mutuo" necesario para que florezca. Se refiere a muchas cuestiones en la periferia del alcance de la convención, pero íntimamente vinculadas a la diversidad de expresiones culturales, incluidos los derechos de propiedad intelectual, la protección de los derechos y libertades fundamentales, la diversidad lingüística y los conocimientos tradicionales. [47]

Sección I: Objetivos y principios rectores

El artículo 1 de la convención establece los nueve propósitos de la convención discutidos anteriormente. El artículo 2 enumera ocho principios que guían la interpretación de los compromisos asumidos por las partes:

Sección II: Ámbito de aplicación

El artículo 3 establece el ámbito de aplicación: "La presente Convención se aplicará a las políticas y medidas adoptadas por las Partes en relación con la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales".

Sección III: Definiciones

La convención define los siguientes términos para explicar su significado jurídico específico: "diversidad cultural", "contenido cultural", "expresiones culturales", "actividades, bienes y servicios culturales", "industrias culturales", "políticas y medidas culturales", " protección" y la "interculturalidad". [48] ​​La convención crea varios conceptos nuevos y utiliza expresiones similares a algunas ya conocidas. [49] Tal como se interpreta en la convención, las actividades, bienes o servicios culturales deben ser el resultado de la creatividad y tener contenido cultural: significado simbólico, dimensión artística o valores relacionados con la identidad cultural. La "diversidad cultural" se interpreta tanto en términos del patrimonio cultural que se preserva como en términos de diversas formas de crear, compartir y disfrutar el arte. Esta definición crea el vínculo con la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural . [50]

Sección IV: Derechos y obligaciones de las partes

La sección sobre derechos y obligaciones es central en la convención. Se centra en los derechos, especialmente los derechos de los estados a tomar medidas para proteger su diversidad cultural. La mayoría de estos derechos se expresan como opciones ("Las Partes podrán...") en lugar de requisitos ("Las Partes deberán..."). [51] En el artículo 5, la convención reafirma el derecho soberano de los estados a utilizar la legislación para promover y proteger la diversidad de las expresiones culturales. [41] El artículo 6 entra en más detalles y enumera ejemplos de lo que los estados pueden hacer. Sugiere regulación; el uso de cuotas sobre contenidos culturales; [52] subvenciones y otras ayudas a instituciones culturales o artistas individuales; y dar a las industrias culturales nacionales medios para producir, promover y publicitar su producción. [51]

La obligación de promover las expresiones culturales se establece en el artículo 7. Las Partes en la convención tienen la obligación de promover las expresiones culturales dentro de su territorio, dando a los individuos y a la sociedad acceso a un conjunto diverso de influencias culturales de su propio país y de todo el mundo.

El artículo 8 establece los poderes de un Estado para identificar una situación en la que una expresión cultural necesita una "salvaguardia urgente" [53] y tomar "todas las medidas apropiadas". Requiere que las partes notifiquen al Comité Intergubernamental (creado por el artículo 23) de cualquier medida de este tipo. El comité podrá entonces hacer recomendaciones apropiadas. [54]

Los artículos 9 a 11 comprometen a los estados a compartir información de manera transparente, a promover la diversidad cultural a través de programas de educación y concientización pública , y a trabajar con la sociedad civil para lograr los objetivos de la convención.

El artículo 12 establece los cinco objetivos de los estados en relación con la cooperación internacional. El artículo 13 establece la obligación de las partes de integrar la cultura en sus políticas de desarrollo sostenible en todos los niveles. Esto se hace eco del artículo 11 de la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural , que describe la diversidad cultural como "una garantía de desarrollo humano sostenible". El artículo 14 proporciona una lista de formas sugeridas de cooperación cultural internacional. Estos se relacionan con el fortalecimiento de las industrias culturales, el desarrollo de capacidades, la transferencia de tecnología y conocimientos técnicos y el apoyo financiero. [55]

El artículo 15 es la disposición más explícita para las asociaciones entre las autoridades públicas y la sociedad civil, especialmente para responder a las necesidades de los países en desarrollo. [56]

El artículo 16 contiene uno de los compromisos más vinculantes de la convención. Afirma que "los países desarrollados facilitarán los intercambios culturales con los países en desarrollo otorgando, a través de marcos institucionales y legales apropiados, un trato preferencial a sus artistas y otros profesionales y practicantes de la cultura, así como a sus bienes y servicios culturales". La obligación de "facilitar los intercambios culturales" recae en los países desarrollados y debe beneficiar a los países en desarrollo. [57] Esta es la primera vez que un acuerdo vinculante en el ámbito cultural se refiere explícitamente al "trato preferencial". [ cita necesaria ] Las medidas de trato preferencial pueden ser de naturaleza cultural (por ejemplo, acoger a artistas de países en desarrollo en residencias de artistas en países desarrollados), de naturaleza comercial (por ejemplo, aliviar las demandas de los artistas en países desarrollados ) o de naturaleza comercial ( ej., facilitar el movimiento de bienes y servicios culturales) o mixto, es decir, tanto cultural como comercial (por ej., celebrar un acuerdo de coproducción cinematográfica que incluya medidas que faciliten el acceso al mercado de los países desarrollados para la obra coproducida).

El artículo 17 compromete a las partes a cooperar en situaciones de grave amenaza a las expresiones culturales del tipo mencionado en el artículo 8.

El Fondo Internacional para la Diversidad Cultural (FIDC) fue creado como resultado de las demandas de los países en desarrollo [58] y está establecido en virtud del artículo 18 de la convención. [59] [60] Está financiado por contribuciones voluntarias de los estados miembros. Esto crea cierta incertidumbre en cuanto a la sostenibilidad de la financiación y garantiza que el establecimiento del fondo se base en el principio de "solidaridad jerárquica" más que de "reciprocidad". [61] Los países en desarrollo que son partes de la convención pueden solicitar al FIDC financiación para actividades específicas que desarrollen sus políticas e industrias culturales. Hasta abril de 2023, la UNESCO informa que se han llevado a cabo 140 proyectos en 69 países en desarrollo con financiación del FIDC. [59]

En el artículo 19, las partes se comprometen a compartir datos, conocimientos especializados y mejores prácticas para la protección y promoción de la cultura, creando un banco de datos mantenido por la UNESCO.

Sección V: Relación con otros instrumentos

El artículo 20 explica que la convención debe interpretarse como complementaria de otros tratados existentes, sin anularlos ni modificarlos. En el artículo 21, las partes "se comprometen a promover los objetivos y principios de esta Convención en otros foros internacionales". El término "otros foros internacionales" se refiere en particular a la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), pero también a foros bilaterales o regionales más informales. o grupos de negociación. [ cita necesaria ]

Sección VI: Órganos de la convención

El artículo 22 establece la Conferencia de las Partes, el órgano rector de la convención. Está compuesto por todos los países que han ratificado la convención y se reúne cada dos años. El artículo 23 crea un Comité Intergubernamental para la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales. Está compuesto por 24 partidos elegidos por la Conferencia de las Partes de todas las regiones del mundo. Los miembros tienen un mandato de cuatro años y se reúnen anualmente. [62] Estos dos organismos actúan juntos como un "foro político sobre el futuro de la política cultural y la cooperación internacional". [63] El artículo 24 exige que la Secretaría de la UNESCO ayude a ambos. [64]

Ratificación e implementación

Ratificación y no ratificación

Hasta la fecha, 151 estados signatarios, así como la Unión Europea , han registrado su ratificación de la convención, o un proceso legalmente equivalente. Canadá fue la primera parte en ratificar el tratado el 28 de noviembre de 2005. [65] Se produjeron muchas más ratificaciones hasta 2007, después de lo cual el ritmo se desaceleró. [66] Las ratificaciones más recientes son de Cabo Verde (26 de mayo de 2021) y Pakistán (4 de marzo de 2022). [sesenta y cinco]

Una reunión de noviembre de 2007 de delegados de 59 estados miembros de la Commonwealth produjo la Declaración de la Sociedad Civil de Kampala, que hizo recomendaciones a la Reunión de Jefes de Gobierno de la Commonwealth . Una recomendación fue que los estados de la Commonwealth ratificaran la convención y trabajaran con la sociedad civil para implementarla. [67]

Algunos estados árabes , estados de la región de Asia y el Pacífico , Rusia y Japón no han ratificado ni implementado la convención. [68] Estados Unidos se negó a ratificarlo a pesar de participar activamente en las negociaciones y la redacción. [69] El principal argumento de su oposición es que los productos culturales son mercancías al igual que otros bienes y servicios. Sostienen que los beneficios del libre comercio se extienden a los bienes y servicios culturales. [70] Estados Unidos abandonó la UNESCO a finales de 2018 [71] pero se reincorporó oficialmente en julio de 2023. [72] [73]

Monitoreo de implementación

El marco de seguimiento está estructurado por cuatro objetivos generales de la convención, así como por los resultados deseados, los indicadores básicos y los medios de verificación. [74] Los cuatro objetivos son: (1) apoyar sistemas de gobernanza cultural sostenibles, (2) lograr un intercambio equilibrado de bienes y servicios culturales y aumentar la movilidad de artistas y profesionales de la cultura, (3) incluir la cultura en los marcos de desarrollo sostenible y ( 4) promover los derechos humanos y las libertades fundamentales. [75]

El marco de seguimiento se basa en el artículo 9 del convenio. Está especificado en las Directrices Operativas [76] para el intercambio de información y la transparencia. Para respetar este compromiso, las partes designan un punto de contacto [77] y deben producir informes periódicos cada cuatro años, a partir de la fecha de depósito de su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. [78] [79] Estos informes son examinados por la Conferencia de las Partes con el fin de planificar la cooperación internacional identificando medidas innovadoras y centrándose en las necesidades de los países que podrían beneficiarse. [80] A partir de 2021, se informó que solo la mitad de los estados ratificantes han cumplido con sus deberes de presentación de informes; no existen sanciones por incumplimiento. [81]

El Instituto de Estadística de la UNESCO (UIS) ha trabajado para apoyar la convención mediante la creación de un Marco para Estadísticas Culturales y el establecimiento de un Grupo de Expertos en la Medición de la Diversidad de las Expresiones Culturales. [82]

Efecto sobre acuerdos internacionales posteriores

La UNESCO informa que "al menos ocho acuerdos de libre comercio bilaterales y regionales celebrados entre 2015 y 2017 han introducido cláusulas culturales o lista [ sic ] de compromisos que promueven los objetivos y principios de la Convención de 2005". [83]

Implementación en el entorno online.

La convención se negoció en un momento en que la música y las películas se vendían principalmente en formatos CD y DVD . Los años siguientes vieron el auge de los medios de transmisión en línea , lo que significa que las obras culturales podían exportarse de un país a otro sin un medio físico. Esto aumentó el riesgo de que la diversidad cultural se viera amenazada a medida que más personas tuvieran acceso inmediato a las producciones culturales de determinados países. [84] La convención estaba destinada a ser tecnológicamente neutral para que los avances futuros no la dejaran obsoleta. Las definiciones de la sección III permiten a los estados desarrollar políticas culturales para productos culturales digitales. [85] Sin embargo, este rápido cambio tecnológico planteó la cuestión de cómo interpretar los derechos y obligaciones de la convención relacionados con las obras culturales en línea. La comunidad respondió en 2017 creando y adoptando las Directrices Operativas para la Implementación de la Convención en el Entorno Digital . [86]

El papel de la sociedad civil

La convención menciona repetidamente a la sociedad civil (incluidas organizaciones no gubernamentales (ONG), profesionales culturales y grupos culturales) como necesaria para implementar los cambios deseados. [87] Las organizaciones de la sociedad civil participan en varios niveles en la implementación y promoción de la convención. [notas 1] Aunque no pueden asistir a las Conferencias de las Partes, [88] pueden asistir, mediante invitación, a las reuniones del Comité Intergubernamental; participar en la financiación; aportar su experiencia; o recibir subvenciones del Fondo Internacional para la Diversidad Cultural. [89]

Un estudio de 2015 encontró que muchas actividades derivadas de la convención involucraban a la sociedad civil o asociaciones entre la sociedad civil y el gobierno, aunque menos de la mitad de los informes nacionales mencionaron la participación de la sociedad civil. También encontró que las ONG más involucradas en estas actividades generalmente ya estaban bien establecidas y acostumbradas a trabajar con el gobierno, que tienden a ser organizaciones del Norte Global. Los autores concluyen que hay casos exitosos de involucrar a la sociedad civil en la implementación de la convención, pero que las organizaciones participantes aún no eran verdaderamente diversas. [90] En 2009, el Comité Intergubernamental identificó tres razones generales por las cuales, en algunos países, la participación de la sociedad civil fue menor de lo esperado: 1) un sector cultural organizativamente débil; 2) un enfoque excesivamente verticalista por parte del gobierno y los organismos públicos; y 3) mala comunicación entre los organismos públicos, la sociedad civil y el sector cultural. [91]

La sociedad civil incluye las Cátedras UNESCO: profesores cuyos objetivos de investigación están vinculados a los de la convención de 2005. La Cátedra UNESCO sobre la Diversidad de las Expresiones Culturales, lanzada en noviembre de 2016, participa en la implementación de la convención y en el desarrollo del conocimiento. [92]

Informes globales

Portada del informe global 2018, Reformar las políticas culturales: promover la creatividad para el desarrollo

La UNESCO ha publicado una serie de informes que monitorean los resultados de la Convención de 2005 y el progreso realizado dentro de los estados signatarios. [93]

Recepción académica

La convención ha recibido elogios y críticas de fuentes académicas. [94] Según Lilian Richieri Hanania de la Universidad de París 1 Panthéon-Sorbonne , la convención fue significativamente diluida por el proceso de negociación y por eso "ha sido fuertemente cuestionada" si puede proporcionar un contrapeso a los acuerdos comerciales. A pesar de esto, argumentó en 2014, los elementos centrales de la convención siguen siendo relevantes y deberían informar la coordinación de políticas y regulaciones. [95] El economista australiano David Throsby argumentó en 2016 que la convención, como tratado jurídicamente vinculante con muchos signatarios, ha logrado mucho más que los Objetivos de Desarrollo Sostenible para promover el desarrollo cultural y económico en un contexto sostenible. Al leer los informes nacionales sobre la implementación de la convención, descubrió que muchos países se han beneficiado al realizar los cambios de política necesarios. [94]

Al evaluar la convención diez años después de su creación, Christiaan De Beukelaer y Miikka Pyykkönen la describieron como "un instrumento útil e importante en el debate sobre la diversidad cultural", pero advierten que "no es lo suficientemente amplia y suficiente para afrontar la diversidad cultural en su conjunto", incluidos los desafíos relacionados con los derechos humanos y la sostenibilidad". [4] El sociólogo John Clammer elogió la convención por resaltar el papel de la cultura, pero dijo que "carece de un análisis profundo o de propuestas políticas concretas sobre cómo abordar las mismas cuestiones que ella misma plantea". [96] El experto en política cultural Johnathan Vickery advirtió que los valores democráticos y pluralistas que motivan la convención podrían conducir a prácticas que socaven esos mismos valores: que el documento "puede usarse para legitimar y reforzar la actual cultura patriarcal, tradicional, consuetudinaria, supersticiosa o religiosa". '". Lo describió como un sistema democrático deseable de gobernanza cultural sin especificar cómo podría lograrse: "es difícil ver cuántos de los miembros no democráticos de la Asamblea de la ONU podrían alguna vez implementar muchos de sus artículos". [97]

En 2018, el sociólogo polaco Dobrosława Wiktor-Mach calificó de impresionante el apoyo político a la convención, que condujo a su rápida ratificación por parte de muchos Estados. Dijo que la convención "ha tenido un impacto directo en los debates actuales sobre cultura y sostenibilidad", pero que la interpretación de la diversidad cultural que se ha implementado es estrecha (centrada en el mercado de bienes creativos) en comparación con el lenguaje amplio de la declaración. Observó que el Fondo Internacional para la Diversidad Cultural, al depender de donaciones, "tiene dificultades para lograr cambios reales". [98] Según Nancy Duxbury y sus coautores, aunque la convención menciona la sostenibilidad, no integra realmente los requisitos de sostenibilidad en su explicación del desarrollo. Marcaron un contraste con el informe Nuestra Diversidad Creativa de 1996 de la Comisión Mundial sobre Cultura y Desarrollo, que consideraba la cultura no como un sector de la economía sino en términos de valores y prácticas que definen futuros deseables. [99]

Al revisar el segundo informe global de 2018, Barbara Lovrinić, del Instituto para el Desarrollo y las Relaciones Internacionales, observó que los informes muestran que los países han logrado avances y han ideado nuevas formas de abordar las cuestiones estratégicas de la promoción de la diversidad cultural, pero que el largo plazo declarado El objetivo a largo plazo de reformar la política cultural aún no se había logrado. Criticó a la UNESCO por no promover una mayor conciencia pública sobre la Convención de 2005 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. [100]

Notas

  1. ^ Por ejemplo, las Coaliciones para la Diversidad de las Expresiones Culturales están activas en todo el mundo: Canadá, Australia, Bélgica, Benin, Chad, Chile, Francia, Gabón, Alemania, Malí, Nigeria, Paraguay, Portugal, Eslovaquia, Suiza, Togo y Turquía. . También existe la Red Internacional de Juristas para la Diversidad de las Expresiones Culturales, la Organización Mundial de la Francofonía.

Referencias

  1. ^ Convención de 2005 , Preámbulo
  2. ^ ab Graber, Christoph Beat (1 de septiembre de 2006). "La nueva Convención de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural: ¿un contrapeso a la OMC?". Revista de Derecho Económico Internacional . 9 (3): 553–574. doi : 10.1093/jiel/jgl018. ISSN  1464-3758.
  3. ^ Anheier y Hoelsche 2015, pág. 182.
  4. ^ ab De Beukelaer y Pyykkönen 2015, p. 2.
  5. ^ De Beukelaer y Pyykkönen 2015, pág. 7.
  6. ^ ab Neil 2006, pág. 257.
  7. ^ "Coalición por la Diversidad Cultural" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 5 de marzo de 2016 . Consultado el 15 de abril de 2011 .
  8. ^ abcde "Diez claves de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales" (PDF) . UNESCO. 2006.
  9. ^ Convención de 2005 , artículo 4, párrafo 8
  10. ^ De Beukelaer y Pyykkönen 2015, pág. 4.
  11. ^ Théorêt 2008a, pag. 47.
  12. ^ ab Neuwrith, Rostam J. "La Convention de l'UNESCO et les technologies du futur: 'Un voyage au centre de l'élaboration des lois et des politiques culturelles'" en (Hanania & Norodom 2016)
  13. ^ abc Voon, Tania (mayo de 2006). "Apoyo estatal a los productos audiovisuales en la Organización Mundial del Comercio: ¿proteccionismo o política cultural?". Revista Internacional de Bienes Culturales . 13 (2): 130. doi :10.1017/S0940739106060073. ISSN  0940-7391. S2CID  159822250.
  14. ^ Grupo Especial sobre Canadá - Determinadas medidas que afectan a publicaciones periódicas (14 de marzo de 1997). "Informe del Panel". Organización de Comercio Mundial. pag. §5.25. WT/DS/31R.
  15. ^ 5,24-5,27
  16. ^ Bernier, Iván; Ruiz Fabri, Hélène (2002). Evaluación de la faisabilité juridique d'un instrumento internacional sobre la diversidad cultural (PDF) (en francés). Groupe de travail Franco-Québécois sur la diversité culturelle. págs.2, 24, 25. ISBN 2-550-39185-3.
  17. ^ Hahn 2007, pag. 231.
  18. ^ Bernier 2008, págs. 1-2.
  19. ^ Convención de 2005, Preámbulo, párrafo 19.
  20. ^ Guèvremont, Véronique; Otašević, Ivana. Cultura en tratados y acuerdos (PDF) (ed. 2017). París: UNESCO. págs. 19, 42–46. CLT-2017/WS/10.
  21. ^ Théorêt 2008a, págs.36, 37.
  22. ^ Jorge 2008, págs.239.
  23. ^ Voon, Tania (2007). Productos culturales y la Organización Mundial del Comercio. Estudios de Cambridge en Derecho Internacional y Comparado. Cambridge: Prensa de la Universidad de Cambridge. pag. 249.doi : 10.1017 /cbo9780511674501. ISBN 978-0-521-87327-7.
  24. ^ UNESCO, Convención por la que se establece una Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, conocida como la "Constitución", 1945, Londres, modificada por la Conferencia General en sus reuniones 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, Sesiones 10, 12, 15, 17, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 31, art. 1, en línea: http://portal.unesco.org/fr/ev.php-URL_ID=15244&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html
  25. ^ Hahn 2007, pag. 234.
  26. ^ Conferencia Intergubernamental sobre Políticas Culturales para el Desarrollo, "Plan de acción sobre políticas culturales para el desarrollo" en Informe final, Estocolmo CLT-98/Conf.210/5, (30 de marzo al 2 de abril de 1998), en línea: https://unesdoc. unesco.org/ark:/48223/pf0000113935_fre, pág. 11.
  27. ^ Théorêt 2008a, pag. 38.
  28. ^ "Actas de la Conferencia General, 31.ª reunión, Volumen 1: Resoluciones" (PDF) . UNESCO. 2001.
  29. ^ Matsuura, Koichiro (2002). "La riqueza cultural del mundo es su diversidad en el diálogo". En Stenou, Katérina (ed.). Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural: Una visión, una plataforma conceptual, una caja de ideas, un nuevo paradigma, Documento preparado para la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible. Johannesburgo: UNESCO. pag. 3.
  30. ^ Pasador, Juliette (otoño de 2020). "¿Sabías que existe la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural? ¿Y por qué debería importarte?". Revista internacional de abogados internos . 13 (53): 6811. ISSN  1754-0607.
  31. ^ "Conveniencia de elaborar un instrumento normativo internacional sobre la diversidad cultural, 32º período de sesiones". París: UNESCO. 18 de julio de 2003.
  32. ^ "Actas de la Conferencia General, 32.ª reunión. Volumen 1, Resoluciones, 32C34". UNESCO. 2004. pág. 34.
  33. ^ ab Bernier 2008, págs. 1-3.
  34. ^ ab Bernier, Ivan (noviembre-diciembre de 2004). "La Primera Reunión Intergubernamental de Expertos sobre el Anteproyecto de Convención de la UNESCO sobre la Protección de la Diversidad de los Contenidos Culturales y las Expresiones Artísticas: Implicaciones para la siguiente reunión" (PDF) . Québec: Chronique, Ministère de la Culture et des Communications.
  35. ^ abcd Bernier, Ivan (mayo de 2005). "Segunda sesión de la Reunión Intergubernamental de Expertos de la UNESCO sobre el Anteproyecto de Convención sobre la Protección de la Diversidad de los Contenidos Culturales y las Expresiones Artísticas" (PDF) . Québec: Chronique, Ministère de la Culture et des Communications. pag. 29.
  36. ^ Bernier, Ivan (febrero de 2006). "La troisième session de la réunion intergouvernementale d'experts sur l'Avant-projet de Convention sur la proteccion et la promoción de la diversidad de las expresiones culturales y el examen del Projet de Convention par la Conférence générale de l'Unesco" (PDF ) ) (en francés). Québec: Chronique, Ministère de la Culture et des Communications.
  37. ^ Turp 2013, págs.410, 414.
  38. ^ Turp 2013, págs.410, 411.
  39. ^ Bernier, Iván; Ruiz Fabri, Hélène (2002). Evaluación de la faisabilité juridique d'un instrumento internacional sobre la diversidad cultural (PDF) (en francés). Groupe de travail Franco-Québécois sur la diversité culturelle. ISBN 2-550-39185-3.
  40. ^ Vlassis 2012, pag. 495.
  41. ^ ab Bernier, Ivan (agosto de 2009). "La relación entre la Convención de la UNESCO sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales y otros instrumentos internacionales: el surgimiento de un nuevo equilibrio en la interfaz entre el comercio y la cultura" (PDF) . Québec: Chronique, Ministère de la Culture et des Communications. págs.1, 2.
  42. ^ Turp 2013, pag. 418.
  43. ^ Bernier, Ivan (febrero de 2006). "La troisième session de la réunion intergouvernementale d'experts sur l'Avant-projet de Convention sur la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales y el examen del Projet de Convention par la Conférence générale de l'Unesco" (PDF ) ) (en francés). Québec: Chronique, Ministère de la Culture et des Communications. págs.5, 6.
  44. ^ Aylett, Holly (julio de 2010). "Un instrumento internacional para la política cultural internacional: el desafío de la Convención de la UNESCO sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de 2005". Revista Internacional de Estudios Culturales . 13 (4): 359. doi : 10.1177/1367877910369975. ISSN  1367-8779.
  45. ^ ab 30 preguntas frecuentes sobre la Convención y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales
  46. ^ Convención de 2005 , artículo 2, párrafo 1
  47. ^ Bernier 2008, pag. 5.
  48. ^ Bernier, Ivan (octubre de 2004). «Anteproyecto de Convención sobre la Protección de la Diversidad de los Contenidos Culturales de las Expresiones Artísticas: análisis y comentario» (PDF) . Québec: Chronique, Ministère de la Culture et des Communications. pag. 5.
  49. ^ Turp 2013, pag. 371.
  50. ^ Turp 2013, pag. 362.
  51. ^ ab Neil 2006, pág. 258.
  52. ^ Bernier, Ivan (abril de 2009). "Expresiones culturales amenazadas en la Convención de la UNESCO sobre la Diversidad de las Expresiones Culturales" (PDF) . Québec: Chronique, Ministère de la Culture et des Communications. págs.5, 10.
  53. Convención de 2005 , art. 8(1).
  54. Convención de 2005 , art. 8(3), 23(6)d)
  55. Convención de 2005 , art. 14
  56. ^ UNESCO, Directrices operativas: modalidades de asociación, artículo 15 de la Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, Conferencia de las Partes, segunda sesión, París, junio de 2009, en línea: https://unesdoc.unesco.org /arca:/48223/pf0000370521.page=63 .
  57. ^ UNESCO, Directrices operativas: trato preferencial para los países en desarrollo, artículo 15 de la Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, Conferencia de las Partes, segunda sesión, París, junio de 2009, en línea: https://unesdoc.unesco .org/ark:/48223/pf0000370521.page=66.
  58. ^ Turp 2013, pag. 408.
  59. ^ ab "¿Qué es el FIDC?". UNESCO . Consultado el 25 de abril de 2023 .
  60. ^ Bernier, Ivan (abril de 2007). "Un aspecto importante de la implementación de la Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales: el Fondo Internacional para la Diversidad Cultural" (PDF) . Québec: Chronique, Ministère de la Culture et des Communications.
  61. ^ Vlassis 2012, págs.498, 499.
  62. ^ "Órganos rectores". UNESCO Diversidad de las Expresiones Culturales . 15 de febrero de 2018 . Consultado el 26 de abril de 2023 .
  63. ^ "Gobernanza". UNESCO. 15 de febrero de 2018 . Consultado el 26 de abril de 2023 .
  64. ^ Convención de 2005, art. 24, Reglamento del Comité Intergubernamental, art. 39.
  65. ^ ab "Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales". UNESCO . Consultado el 15 de mayo de 2023 .
  66. ^ UNESCO, Comité Intergubernamental para la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, Informe sobre los resultados obtenidos entre 2010 y 2013 tras la implementación de la estrategia para alentar la ratificación de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, Apagado. CE/13/7.IGC/10 (2013), pág. 2, en línea: https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000224652.
  67. ^ Aylett, Holly (julio de 2010). "Un instrumento internacional para la política cultural internacional: el desafío de la Convención de la UNESCO sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de 2005". Revista Internacional de Estudios Culturales . 13 (4): 369. doi : 10.1177/1367877910369975. ISSN  1367-8779.
  68. ^ Ivana Otasevic, El surgimiento de una norma no escrita para la protección de la diversidad cultural en el derecho internacional, tesis doctoral, Ciudad de Quebec, Universidad Laval, defendida en 2018, p. 111.
  69. ^ Vlassis 2012, págs.493, 496.
  70. ^ Hahn 2007, pag. 232.
  71. ^ Lazaroff, Tovah (31 de diciembre de 2018). "Israel y Estados Unidos están programados para abandonar la UNESCO hoy para protestar contra el prejuicio antiisraelí". El Correo de Jerusalén . Consultado el 31 de diciembre de 2018 .
  72. ^ Voon, Claire (12 de julio de 2023). "Estados Unidos se reincorpora oficialmente a la Unesco". El Periódico del Arte . Consultado el 27 de julio de 2023 .
  73. ^ Falk, Pamela (11 de julio de 2023). "Estados Unidos se reincorpora a la UNESCO:" ¡Es un momento histórico! Noticias CBS . Consultado el 27 de julio de 2023 .
  74. ^ "Marco de seguimiento". UNESCO . Consultado el 26 de abril de 2023 .
  75. ^ UNESCO, Marco para el seguimiento de la Convención de 2005 sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, en línea: https://en.unesco.org/creativity/sites/creativity/files/2018gmr-framework-en.pdf (consultado 11 de enero de 2020).
  76. ^ UNESCO, Directrices operativas: intercambio de información y transparencia, Conferencia de las Partes, tercera sesión. 2011, revisado en la séptima sesión. en línea: https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000370521.page=37.
  77. ^ Convención de 2005, art. 28.
  78. ^ Convención de 2005, art. 9
  79. ^ Directrices operativas sobre intercambio de información y transparencia, en línea: https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000260710.page=36.
  80. ^ Convención de 2005, art. 22(4)(b).
  81. ^ Betzler, Diana (17 de mayo de 2021). "Implementación de la Convención sobre la Diversidad Cultural de la UNESCO a nivel regional: Experiencias de evaluación de centros de competencia cultural". Revista Internacional de Bienes Culturales . 27 (4): 524. doi :10.1017/S0940739121000059. ISSN  0940-7391.
  82. ^ Singh 2015, pag. 38.
  83. ^ Guèvremont, Véronique (2017). "La Convención en otros foros internacionales: un compromiso crucial". Re|dar forma a las políticas culturales: promover la creatividad para el desarrollo. UNESCO. pag. 143.ISBN 978-92-3-100256-4.
  84. ^ Guèvremont 2015, págs. 147-148.
  85. ^ Guèvremont, Véronique. «Reflexión preliminar sobre la implementación de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales en la era digital» (PDF) . Quebec: Universidad Laval. págs. 2, 18-19.
  86. ^ Varin, Clémence (2021). "La contribución de los foros internacionales ajenos a la UNESCO en la consecución de los objetivos de la Convención sobre la Diversidad de las Expresiones Culturales en el entorno digital". En Beauregard, Devin; Paqueta, Jonathan (eds.). Política cultural canadiense en transición (Primera ed.). Londres: Routledge. ISBN 9781003134022.
  87. ^ Anheier y Hoelsche 2015, pág. 184.
  88. ^ Turp 2013, pag. 397.
  89. ^ "La sociedad civil: agente de cambio y guardián cultural". UNESCO. Agosto de 2016 . Consultado el 12 de enero de 2020 .
  90. ^ Anheier y Hoelsche 2015, págs. 199-200.
  91. ^ Anheier y Hoelsche 2015, págs. 188-189.
  92. ^ "Sillas". UNESCO Diversidad de las Expresiones Culturales . 15 de febrero de 2018 . Consultado el 9 de mayo de 2023 .
  93. ^ Al-Khamees, Omar A.; Sí, Brian; Moore, Christopher (2 de noviembre de 2022). "Aspiraciones de política cultural y el giro de la industria de los videojuegos en Arabia Saudita". Revista Internacional de Política Cultural : 1–14. doi :10.1080/10286632.2022.2135705. S2CID  253286030.
  94. ^ ab Throsby, David (4 de marzo de 2017). "Desarrollo culturalmente sostenible: ¿concepto teórico o instrumento político práctico?". Revista Internacional de Política Cultural . 23 (2): 133-147. doi :10.1080/10286632.2017.1280788. S2CID  149418865.
  95. ^ Hanania, Lilian Richieri (7 de agosto de 2016). "La Convención de la UNESCO sobre la Diversidad de las Expresiones Culturales como marco de coordinación para promover la coherencia regulatoria en la economía creativa". Revista Internacional de Política Cultural . 22 (4): 574–593. doi :10.1080/10286632.2015.1025068. ISSN  1028-6632. S2CID  214652409.
  96. ^ Clammer 2015, pag. 113.
  97. ^ Vickery, Johnathan (19 de enero de 2016). "Reseña del libro: Globalización, cultura y desarrollo: la Convención de la UNESCO sobre la diversidad cultural editada por Christiaan De Beukelaer, Miikka Pyykkönen y JP Singh". Revisión de libros de la LSE . Consultado el 4 de agosto de 2023 .
  98. ^ Wiktor-Mach, Dobrosława (24 de octubre de 2018). "¿Qué papel de la cultura en la era del desarrollo sostenible? La incidencia de la UNESCO en las negociaciones de la Agenda 2030". Revista Internacional de Política Cultural . 26 (3): 312–327. doi :10.1080/10286632.2018.1534841. ISSN  1028-6632. S2CID  149625996.
  99. ^ Duxbury, Nancy; Kangas, Anita; De Beukelaer, Christiaan (28 de febrero de 2017). "Políticas culturales para el desarrollo sostenible: cuatro caminos estratégicos". Revista Internacional de Política Cultural . 23 (2): 214–230. doi :10.1080/10286632.2017.1280789. ISSN  1028-6632. S2CID  151387157.
  100. ^ Lovrinić, Barbara (2018). "Informe mundial de la UNESCO sobre la remodelación de las políticas culturales. Promoción de la creatividad para el desarrollo". Revista de relaciones internacionales de Croacia . XXIV (82): 134-137 . Consultado el 12 de mayo de 2023 .

Fuentes

Otras lecturas

enlaces externos