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Convención Universal sobre Derecho de Autor

La Convención Universal sobre Derecho de Autor (UCC) es un instrumento internacional elaborado en 1952 bajo los auspicios de la UNESCO. La UCC, adoptada en Ginebra , Suiza, en 1952 y aplicada en 1955, es una de las dos principales convenciones internacionales que protegen los derechos de autor ; el otro es el Convenio de Berna . [1]

Historia

La UCC fue desarrollada por la UNESCO en 1952, adoptada en Ginebra, Suiza, y entró en vigor en 1955. [2] Fue desarrollada como una alternativa al Convenio de Berna para aquellos estados que no estaban de acuerdo con aspectos del Convenio de Berna pero aún deseaban participar en alguna forma de protección multilateral de los derechos de autor. Estos estados incluían países como Estados Unidos y la mayor parte de América Latina. Los países en desarrollo pensaban que las fuertes protecciones de derechos de autor otorgadas por el Convenio de Berna beneficiaban excesivamente a las naciones occidentales, desarrolladas y exportadoras de derechos de autor; mientras que Estados Unidos y América Latina ya eran miembros de la Convención de Buenos Aires , una convención panamericana sobre derechos de autor que era más débil que la Convención de Berna. Los estados del Convenio de Berna también se convirtieron en parte de la UCC, de modo que sus derechos de autor existirían en los estados que no estaban en el Convenio de Berna. En 1973 la Unión Soviética se unió a la UCC.

Estados Unidos solo proporcionaba protección de derechos de autor por un plazo fijo renovable y exigía que, para que una obra tuviera derechos de autor, debía contener un aviso de derechos de autor y estar registrada en la Oficina de derechos de autor . El Convenio de Berna, por otra parte, preveía la protección del derecho de autor por un solo período basado en la vida del autor, y no requería el registro ni la inclusión de un aviso de derecho de autor para que existiera el derecho de autor. Por lo tanto, Estados Unidos tendría que hacer varias modificaciones importantes a su ley de derechos de autor para convertirse en parte del Convenio de Berna. En ese momento, Estados Unidos no estaba dispuesto a hacerlo. Por lo tanto, la UCC permite que aquellos estados que tenían un sistema de protección similar al de Estados Unidos para plazos fijos en el momento de la firma los retengan. Con el tiempo, Estados Unidos estuvo dispuesto a participar en el Convenio de Berna y cambiar su ley nacional de derechos de autor según fuera necesario. En 1989 se convirtió en parte del Convenio de Berna como resultado de la Ley de Implementación del Convenio de Berna de 1988 .

Según el Segundo Protocolo de la Convención Universal sobre Derecho de Autor (texto de París), la protección bajo la ley de derechos de autor estadounidense se requiere expresamente para las obras publicadas por las Naciones Unidas, por agencias especializadas de la ONU y por la Organización de Estados Americanos (OEA). [3] El mismo requisito se aplica también a otros Estados contratantes.

A los estados del Convenio de Berna les preocupaba que la existencia de la UCC alentara a las partes en la Convención de Berna a abandonar esa convención y adoptar la UCC en su lugar. Por lo tanto, la UCC incluyó una cláusula que establece que las partes que también eran partes del Convenio de Berna no necesitan aplicar las disposiciones del Convenio a ningún estado anterior al Convenio de Berna que haya renunciado al Convenio de Berna después de 1951. Por lo tanto, cualquier estado que una vez haya adoptado el Convenio de Berna es penalizado. si luego decide renunciar al Convenio de Berna y utilizar en su lugar las protecciones de la UCC, ya que es posible que sus derechos de autor ya no existan en los estados del Convenio de Berna.

Dado que casi todos los países son miembros o aspirantes a ser miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y, por lo tanto, cumplen con el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), la UCC ha perdido importancia. [ cita necesaria ]

Ver también

Referencias

  1. ^ Kéréver, André (20 de noviembre de 2023). "La Convención Universal sobre Derecho de Autor". unesco . Consultado el 20 de noviembre de 2023 .
  2. ^ "Convención Universal sobre Derecho de Autor". Enciclopedia Británica . Consultado el 19 de noviembre de 2023 .
  3. ^ Informe de la Cámara No. 94-1476 Archivado el 31 de agosto de 2006 en Wayback Machine en relación con el Título 17, Código de los Estados Unidos , Sección 104

enlaces externos