stringtranslate.com

Coalición Nacional para la Igualdad de Gays y Lesbianas contra el Ministro de Justicia

Coalición Nacional para la Igualdad de Gays y Lesbianas y Otro contra Ministro de Justicia y Otros es una decisión del Tribunal Constitucional de Sudáfrica que derogó las leyes que prohibían las actividades sexuales consensuales entre hombres. Basando su decisión en la Declaración de Derechos de la Constitución  – y en particular su prohibición explícita de la discriminación basada en la orientación sexual  – el tribunal dictaminó por unanimidad que el delito de sodomía , así como varias otras disposiciones relacionadas del derecho penal, eran inconstitucionales y por lo tanto inválido.

El caso fue el primero de una serie de fallos del Tribunal Constitucional que promovían los derechos LGBT en Sudáfrica y que culminaron en el caso Ministro del Interior y otro contra Fourie y otro , sentencia que condujo a la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo en Sudáfrica por la Ley de uniones civiles de 2006 . Mientras tanto, el tribunal extendió a las parejas del mismo sexo derechos relacionados con la inmigración, beneficios de pensión, la capacidad de adoptar y derechos de paternidad sobre los niños concebidos por inseminación artificial.

El argumento del caso se escuchó el 27 de agosto de 1998 ante el presidente del Tribunal Constitucional Arthur Chaskalson , el vicepresidente Pius Langa y los jueces Ackermann , Goldstone , Kriegler , Mokgoro , O'Regan , Sachs y Yacoob . La decisión fue dictada el 9 de octubre del mismo año; la sentencia mayoritaria fue escrita por el juez Ackermann, mientras que el juez Sachs redactó una sentencia concurrente por separado.

Historia

La sodomía en la ley sudafricana

Sudáfrica heredó el delito de " sodomía " de la ley romano-holandesa , que fue introducida por los colonos de la Compañía Holandesa de las Indias Orientales en El Cabo , y todavía constituye la base de la ley sudafricana . En la ley romano-holandesa, la sodomía originalmente abarcaba una serie de actos sexuales considerados antinaturales, incluido el sexo anal heterosexual, la masturbación y la bestialidad, así como el sexo homosexual. [1] Con el tiempo, sin embargo, en el derecho consuetudinario sudafricano se redujo a referirse únicamente al sexo anal entre hombres, siendo la definición legal "relaciones sexuales per anum ilegales e intencionales entre varones humanos". [2] El derecho consuetudinario también prohibía los "delitos sexuales antinaturales", definidos como "la comisión ilegal e intencional de un acto sexual antinatural por una persona con otra"; Se había considerado que la definición de "antinatural" incluía la felación , la masturbación mutua y el sexo intercrural , pero sólo se aplicaba a actos entre hombres y no a actos entre un hombre y una mujer. [3]

La "sodomía" y los "delitos sexuales antinaturales" eran delitos de derecho común , derivados del derecho romano-holandés y desarrollados por los jueces. La legislación sudafricana también contenía, en el artículo 20A de la Ley de delitos sexuales , una disposición conocida como el delito de "hombres en una fiesta"; esto tipificaba como delito cualquier acto sexual entre hombres en una fiesta, donde "una fiesta" se definía como cualquier ocasión en la que hubiera más de dos personas presentes. [4]

Los hombres homosexuales fueron frecuentemente procesados ​​bajo estas leyes hasta alrededor de 1970, fecha después de la cual los procesamientos por sexo privado y consensual se volvieron menos comunes. [1] No obstante, permanecieron en los libros como delitos procesables. En particular, la sodomía figuraba entre los delitos de la Lista 1 de la Ley de Procedimiento Penal, colocándola en la misma categoría que el asesinato, la violación y el fraude. Esta lista también permitía a los agentes de policía arrestar a personas sospechosas de sodomía sin orden judicial y utilizar fuerza letal contra ellas si intentaban huir. [1]

Jurisprudencia previa

En el caso S v H de 1993 , el acusado se declaró culpable ante el Tribunal de Primera Instancia de un cargo de sodomía y recibió una sentencia suspendida de un año de prisión; el acto alegado fue privado y consensual. La condena fue revisada por el juez Lourens Ackermann de la División Provincial del Cabo del Tribunal Supremo . [5] En ese momento, antes de que la Constitución Provisional y su Declaración de Derechos entraran en vigor, la condena era válida según la ley y el tribunal no la revocó; sin embargo, la sentencia fue reemplazada por una amonestación nominal y liberación. El juez Ackermann se refirió a los diversos proyectos de textos constitucionales que se estaban negociando entonces y señaló que los proyectos propuestos por el ANC , el DP y el IFP prohibían explícitamente la discriminación basada en la orientación sexual, mientras que el proyecto propuesto por el gobierno controlado por el NP prohibía la discriminación. sobre la base de "características naturales". Usó estos hechos para justificar una decisión de que las penas privativas de libertad no eran apropiadas para casos de sodomía privada consensual. Significativamente, también escribió:

"Lo anterior sugiere un amplio consenso sobre la eliminación de la discriminación contra la homosexualidad y la probabilidad de que esto quede arraigado en una nueva dispensación constitucional. Si esto sucediera, es difícil ver cómo el derecho consuetudinario o los delitos estatutarios que proscriben los 'actos antinaturales' privados entre personas que consienten los hombres adultos pueden escapar de ser abatidos."

La Constitución Provisional, que entró en vigor el 27 de abril de 1994, prohibía explícitamente la discriminación por motivos de orientación sexual. [6] El primer desafío a las leyes de sodomía bajo esta nueva dispensación se produjo en el caso de S contra Adendolf ; [7] sin embargo, esta apelación fue rechazada por la División Provincial del Cabo porque el presunto sexo no fue consensuado, y el tribunal consideró la cuestión de constitucionalidad como puramente teórica. El tribunal sí afirmó que habría considerado el caso si el acto en cuestión hubiera sido consensual. [8]

S v Kampher [9] fue un caso de sexo consensual, aunque se distinguió por el hecho de que había ocurrido entre prisioneros en un centro correccional. [1] El acusado fue condenado a un año de prisión, con suspensión de pena de tres años. La condena y la sentencia fueron revisadas por el juez Ian Farlam de la División Provincial del Cabo; Cuestionó específicamente si el delito de sodomía era compatible con las disposiciones contra la discriminación y la privacidad de la Constitución. El magistrado que había condenado a Kampher afirmó que era compatible, refiriéndose a la sentencia de Ackermann en S v H , que había sugerido que las relaciones sexuales entre reclusos podrían ser una "situación especial" en la que el Estado tenía un interés legítimo en prohibir las relaciones sexuales. El Fiscal General del Cabo lo cuestionó y afirmó que el delito de sodomía era efectivamente incompatible con la Declaración de Derechos. [8] El tribunal estuvo de acuerdo con el Fiscal General y anuló la condena y la pena; Sin embargo, no anuló el delito de sodomía en general. [1]

La sentencia del Tribunal Superior

La Constitución final , que entró en vigor el 4 de febrero de 1997, contenía protecciones de igualdad similares a las de la Constitución Provisional, y disponía en el artículo 9(3) que: [10]

"El Estado no podrá discriminar injustamente, directa o indirectamente, a nadie por uno o más motivos, incluidos la raza, el género, el sexo, el embarazo, el estado civil, el origen étnico o social, el color, la orientación sexual, la edad, la discapacidad, la religión, la conciencia, las creencias, cultura, lengua y nacimiento."

En 1997, la Coalición Nacional para la Igualdad de Gays y Lesbianas , una asociación que representa a un amplio espectro de organizaciones LGBT sudafricanas, lanzó un recurso constitucional en la División Local del Tribunal Superior de Witwatersrand . A la Coalición se unió como solicitante la Comisión de Derechos Humanos de Sudáfrica , una institución independiente del capítulo nueve creada por la Constitución y encargada de la promoción y protección de los derechos humanos. Entre los encuestados se encontraban el Ministro de Justicia , el ministro nacional responsable de Derecho penal; el Ministro de Seguridad y Vigilancia , el ministro nacional responsable de la policía; y el Fiscal General de Witwatersrand, el funcionario responsable de los procesamientos en la División de Witwatersrand. [11] (Desde entonces, el cargo de Fiscal General ha sido reemplazado por el de Director del Ministerio Público dentro de la Fiscalía Nacional .)

Los demandantes pidieron al Tribunal Superior que:

El Ministro de Justicia sólo se opuso a la última de estas solicitudes y, después de que los demandantes la retiraran, el gobierno no se opuso al caso. Los solicitantes también retiraron la segunda solicitud (la invalidación general de condenas pasadas) porque se dieron cuenta de que algunas condenas estaban relacionadas con actos no consentidos y, en cambio, deberían convertirse en condenas por agresión al pudor .

Los demandantes argumentaron que debido a que los delitos se aplicaban sólo a los hombres y sólo al sexo entre hombres, infringieron la cláusula de igualdad de la Constitución porque discriminaban injustamente en términos de género y orientación sexual. También argumentaron que la "comisión de un delito sexual antinatural" estaba definida de manera tan vaga que no era compatible con el estado de derecho , ya que una persona no podía estar segura de qué actos se tipificaban como delito.

La sentencia del Tribunal Superior, escrita por el juez Jonathan Heher y dictada el 8 de mayo de 1998, consideró cada uno de los delitos atacados en términos de la garantía de igualdad establecida en la Constitución. El delito de sodomía, dictaminó, equivalía a una discriminación injusta tanto en términos de género, porque criminalizaba un acto entre hombres que no sería un delito entre un hombre y una mujer, como en términos de orientación sexual, porque el coito anal es el Análogo masculino gay del coito vaginal para heterosexuales. Luego examinó si la discriminación podía justificarse y observó que los únicos argumentos para justificarla se basaban en prejuicios o creencias religiosas, que son irrelevantes en un Estado constitucional laico; protección de la moral pública, que podría lograrse mediante leyes no discriminatorias sobre delitos sexuales; o la opinión pública predominante. Abordando el último punto, la sentencia se refería al caso S contra Makwanyane , en el que el Tribunal Constitucional había abolido la pena de muerte a pesar de reconocer que el peso de la opinión pública se oponía a su abolición. Por tanto, el tribunal dictaminó que el delito de sodomía era incompatible con la Constitución y era inválido. [8]

Al considerar el delito de "comisión de un acto sexual antinatural", el juez Heher desestimó el argumento de la vaguedad y afirmó que había algunos actos potencialmente cubiertos por el delito (la bestialidad es un ejemplo) que deberían seguir tipificados como delito. Sin embargo, aceptó que el delito se había utilizado principalmente para procesar a hombres homosexuales y dictaminó que era discriminatorio e injustificable, y por lo tanto inválido, en la medida en que criminalizaba actos entre hombres que no serían criminales entre mujeres o entre una pareja. hombre y una mujer. Continuando con el artículo 20A de la Ley de delitos sexuales, el juez Heher dictaminó que, como en el caso de la sodomía, era discriminatoria tanto en términos de género como de orientación sexual. En busca de justificación, propuso que el Parlamento podría haber promulgado la sección con el fin de suprimir la "licencia sexual", pero consideró que, dado que el gobierno no había considerado adecuado criminalizar actividades heterosexuales o lésbicas similares, el argumento no era convincente. [8]

Habiendo sido declarado inválido e inconstitucional el delito de sodomía, se deducía que su inclusión en los Anexos de la CPA y en la Ley de Oficiales de Seguridad también debía ser inválida.

Confirmación por el Tribunal Constitucional

Se declara que el delito de sodomía del common law es incompatible con la Constitución de la República de Sudáfrica de 1996 y no es válido.

—  Juez Ackermann , Orden de la Corte

La legislación sudafricana exige que las órdenes judiciales que declaran inconstitucionales actos del Parlamento sean confirmadas por el Tribunal Constitucional ; Por lo tanto, el Tribunal Superior remitió su orden al Tribunal Constitucional para su confirmación. El tribunal escuchó los argumentos de los demandantes el 27 de agosto de 1998; el gobierno no se opuso a la solicitud y no presentó ningún argumento.

El Tribunal Constitucional dictó sentencia el 9 de octubre de 1998; Los jueces fueron unánimes al confirmar la orden del Tribunal Superior. La sentencia mayoritaria fue escrita por el juez Lourens Ackermann , mientras que el juez Albie Sachs redactó un acuerdo separado. El tribunal, reconociendo que la penalización de la sodomía era claramente una discriminación, evaluó la imparcialidad o no de la discriminación examinando sus efectos en los grupos afectados, es decir, los hombres homosexuales e, indirectamente, las lesbianas. [8] Refiriéndose frecuentemente a un influyente artículo escrito por Edwin Cameron , entonces profesor y ahora juez del Tribunal Constitucional, observó que las leyes de sodomía "[refuerzan] los prejuicios sociales ya existentes" y empeoran los efectos de esos prejuicios, reduciendo la homosexualidad. hombres a "delincuentes no detenidos" y fomentando así la discriminación contra ellos.

El tribunal se refirió a las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Norris contra Irlanda y de la Corte Suprema de Canadá en Vriend contra Alberta , concluyendo que la discriminación heterosexista causa daño psicológico a gays y lesbianas y afecta su dignidad y autoestima. . También observó que la penalización de la sodomía legitima el chantaje, la trampa y el "ataque a los homosexuales". Al señalar que los hombres homosexuales son una minoría permanente en la sociedad que se ha visto gravemente afectada por la discriminación, y que la conducta penalizada es consensuada y no causa daño a otros, la sentencia determinó que la discriminación es injusta y por tanto vulnera el derecho constitucional a igualdad. [8]

La sentencia procedió luego a examinar las leyes de sodomía frente a los derechos constitucionales a la dignidad humana y la privacidad . Al observar que las leyes castigan un acto que la sociedad asocia con la homosexualidad y, por lo tanto, estigmatizan a los hombres homosexuales, además de ponerlos en riesgo de ser procesados ​​por "[participar] en una conducta sexual que es parte de su experiencia de ser humanos", el tribunal determinó que se vulneró el derecho a la dignidad.

En cuanto a la privacidad, el tribunal se refirió nuevamente al artículo de Cameron; había sugerido que el argumento basado en la privacidad era inadecuado porque implicaba que la protección contra la discriminación debería limitarse a la tolerancia de los actos privados. El tribunal señaló que el artículo se publicó en un momento en que todavía se estaba debatiendo la inclusión de la orientación sexual como motivo de protección contra la discriminación, y que el argumento de Cameron no se aplicaba cuando la sentencia ya había declarado que la discriminación era inconstitucional por motivos de igualdad y dignidad. [8]

Tras determinar que las leyes sobre sodomía violaban los derechos constitucionales, el tribunal procedió a preguntar si la infracción era justificable "en una sociedad abierta y democrática basada en la dignidad humana, la igualdad y la libertad". El tribunal consideró que, por un lado, la penalización de la sodomía tenía graves efectos en las vidas de los hombres homosexuales y, por otro, que no se había sugerido ningún propósito válido para la infracción. Señaló que las opiniones religiosas no podían influir en la jurisprudencia constitucional en un país laico.

El tribunal también examinó la situación en otros países democráticos y observó que la sodomía había sido despenalizada en el Reino Unido, Irlanda, Alemania, Australia, Nueva Zelanda y Canadá, y en toda Europa occidental. El tribunal tomó nota de que Bowers contra Hardwick todavía era (en ese momento) ley en los Estados Unidos, pero señaló su inconsistencia con Romer contra Evans . El resultado de la prueba de equilibrio fue que las violaciones de los derechos de los hombres homosexuales no podían justificarse de ninguna manera en una sociedad abierta y democrática.

El tribunal señaló que la violación masculina podía procesarse como agresión indecente y que la Ley de Delitos Sexuales creaba un delito legal separado que tipificaba como delito los actos sexuales entre personas del mismo sexo con una persona menor de 19 años. Por lo tanto, no había necesidad de mantener un delito limitado de La sodomía se refiere a relaciones sexuales no consensuales o con menores de edad, y podría eliminarse por completo del derecho consuetudinario. Al considerar el delito de "hombres en fiesta", el tribunal lo calificó de "absurdamente discriminatorio" y lo declaró inconstitucional por las mismas razones que lo era el delito de sodomía.

La última cuestión ante el tribunal era la naturaleza exacta de la orden que debía dictarse y, en particular, en qué medida debería ser retroactiva. El tribunal dictaminó que, desde el punto de vista jurídico, los delitos en cuestión dejaron de existir el 27 de abril de 1994, cuando entró en vigor la Constitución Provisional. Sin embargo, la orden disponía que las condenas pasadas sólo debían invalidarse si eran por actos consensuales y el caso no había concluido completamente; el tribunal señaló que aquellos cuyos casos fueran definitivos podían solicitar autorización para apelar y la condonación de su demora en apelar, a la luz de la sentencia. La orden también disponía que las medidas adoptadas como resultado de la inclusión de la sodomía en los anexos de la Ley de procedimiento penal y la Ley de agentes de seguridad no deberían invalidarse a menos que un tribunal determinara que sería justo y equitativo hacerlo.

Eventos subsecuentes

La sentencia fue la primera del Tribunal Constitucional que se ocupa de los derechos LGBT . Le siguió una serie de sentencias relativas al reconocimiento de las relaciones entre personas del mismo sexo que otorgaban, entre otros, beneficios de inmigración, capacidad de adopción, beneficios médicos y de pensión, derechos relacionados con la inseminación artificial y derechos de herencia intestada. Esta tendencia se completó con el fallo en el caso Ministro del Interior contra Fourie , que condujo a la Ley de Unión Civil y la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo .

El fallo del tribunal sobre las leyes de sodomía no abordó la desigualdad en la Ley de Delitos Sexuales , que fijó la edad de consentimiento en 16 años para las relaciones heterosexuales y 19 para las relaciones homosexuales. Esta discrepancia se abordó en 2007 mediante la Ley de Enmienda del Derecho Penal (Delitos Sexuales y Asuntos Conexos) , que reformó y codificó la ley relativa a los delitos sexuales para colocarla sobre una base neutral en cuanto a género y orientación, estableciendo una edad uniforme de consentimiento en 16. La antigua discrepancia fue declarada inconstitucional en 2008, en el caso Geldenhuys contra el Director Nacional del Ministerio Público .

Ver también

Casos similares:

Referencias

  1. ^ ABCDE Goodman, Ryan (2001). "Más allá del principio de aplicación: leyes de sodomía, normas sociales y panópticos sociales" (PDF) . Revisión de la ley de California . 89 (3): 643–740. doi :10.2307/3481180. JSTOR  3481180 . Consultado el 9 de abril de 2011 .
  2. ^ Burchell, Jonathan; Milton, Juan (1991). Principios de Derecho Penal (1ª ed.). Ciudad del Cabo: Juta. págs. 571–572.
  3. ^ Milton, John (1996). Derecho y procedimiento penales de Sudáfrica: delitos de derecho consuetudinario (3ª ed.). Ciudad del Cabo: Juta. págs. 223–228. ISBN 978-0-7021-3773-0.
  4. ^ Cameron, Edwin (1993). "La orientación sexual y la Constitución: un caso de prueba para los derechos humanos". Revista de derecho de Sudáfrica . 110 : 450–472.
  5. ^ S contra H 1993 (2) SACR 545 (C), 1995 (1) SA 120 (C) (6 de septiembre de 1993), División Provincial del Cabo
  6. Constitución de la República de Sudáfrica, Ley N° 200 de 1993 Archivado el 29 de julio de 2013 en Wayback Machine , s. 8 (2) Archivado el 29 de julio de 2013 en Wayback Machine : "Ninguna persona será discriminada injustamente, directa o indirectamente y, sin perjuicio de la generalidad de esta disposición, por uno o más de los siguientes motivos en particular: raza, género, sexo, origen étnico o social, color, orientación sexual, edad, discapacidad, religión, conciencia, creencias, cultura o lengua."
  7. ^ S contra Adendolf 1995 (2) BCLR 153 (C) (16 de septiembre de 1994), División Provincial del Cabo
  8. ^ abcdefg Schmid, Heidi Joy (2000). "Despenalización de la sodomía según la Constitución de Sudáfrica de 1996: implicaciones para las leyes sudafricanas y estadounidenses". Revista Cardozo de Derecho Internacional y Comparado . 8 : 163–204.
  9. ^ S contra Kampher 1997 (9) BCLR 1283 (C), 1997 (4) SA 460 (C) (4 de agosto de 1997), División Provincial del Cabo
  10. ^ Constitución de la República de Sudáfrica, 1996, art. 9(3).
  11. ^ Coalición Nacional para la Igualdad de Gays y Lesbianas y otros contra el Ministro de Justicia y otros , 1998 (6) BCLR 726 (W) (8 de mayo de 1998), División Local de Witwatersrand .

enlaces externos