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Geldenhuys contra el Director Nacional del Ministerio Público

Geldenhuys contra el Director Nacional del Ministerio Público y otros es una decisión del Tribunal Constitucional de Sudáfrica que anuló por inconstitucional una ley que fijaba la edad de consentimiento en 19 años para las relaciones homosexuales, pero sólo en 16 años para las relaciones heterosexuales. [1]

Fondo

El artículo 14 (1) de la Ley de delitos sexuales de 1957 , modificada en 1969 y 1988, decía lo siguiente:

(1) Cualquier persona de sexo masculino que:

(a) tiene o intenta tener relaciones carnales ilegales con una niña menor de 16 años; o
(b) cometa o intente cometer con dicha niña o con un niño menor de 19 años un acto inmoral o indecente; o
(c) solicita o incita a dicha niña o niño a cometer un acto inmoral o indecente,

será culpable de un delito.

La sección 14 (3), agregada en 1988, contenía una disposición espejo con los géneros invertidos. El efecto de estas secciones fue fijar la edad de consentimiento en 16 años para las relaciones heterosexuales y 19 años para las relaciones homosexuales.

La Constitución Provisional de Sudáfrica , que entró en vigor en 1994, contenía una disposición que prohibía la discriminación por motivos de orientación sexual, y esta disposición se mantuvo en la Constitución final de Sudáfrica , que entró en vigor en 1997. En 1998, en En el caso Coalición Nacional para la Igualdad de Gays y Lesbianas contra Ministro de Justicia , el Tribunal Constitucional anuló por inconstitucionales las leyes que prohibían las relaciones sexuales consensuales entre hombres, basándose en la prohibición de la discriminación y el derecho a la privacidad. Ese caso no abordó la desigualdad en la edad de consentimiento, aunque a su juicio el juez Ackermann tomó nota de ello sin comentar sobre su constitucionalidad.

En 2007, el Parlamento promulgó la Ley de modificación del derecho penal (delitos sexuales y cuestiones conexas) , que codificó y reformó la ley sobre delitos sexuales. Derogó el artículo 14 de la Ley de delitos sexuales y fijó una edad uniforme de consentimiento en 16 años. Sin embargo, esta reforma no tuvo efecto retroactivo.

Historia del caso

Geldenhuys fue condenado en 2005 por el Tribunal Regional de Pretoria por diez cargos de "cometer un acto inmoral o indecente con un niño menor de diecinueve años" en contravención del artículo 14(1)(b). Cuatro de los cargos se relacionaban con actos cometidos cuando el niño tenía catorce y quince años, mientras que los otros seis se relacionaban con actos cometidos cuando tenía dieciséis años o más. La pena total impuesta fue de once años de prisión.

Geldenhuys apeló ante la División Provincial de Transvaal del Tribunal Superior por varios motivos. Atacó la exactitud del veredicto sobre la base de las pruebas presentadas; también afirmó que era inconstitucional prohibir las relaciones sexuales consensuales con una persona mayor de doce años porque el derecho consuetudinario consideraba que los doce años eran la edad a la que un niño era capaz de dar su consentimiento; y atacó la sentencia. La cuestión de la discriminación por motivos de orientación sexual no se planteó en esta etapa. El recurso de apelación contra la condena fue rechazado, pero la pena se redujo a siete años.

Geldenhuys apeló nuevamente ante el Tribunal Supremo de Apelaciones (SCA). Los argumentos presentados en el Tribunal Superior fueron rechazados por la SCA como lo habían sido en el tribunal inferior. Sin embargo, antes de la audiencia, el Tribunal Supremo señaló la posible inconstitucionalidad de la desigualdad en la edad de consentimiento e invitó a discutir sobre ese punto. Ambos partidos coincidieron en que la ley discriminaba injustamente por motivos de orientación sexual y el gobierno admitió que no había justificación para la discriminación. En consecuencia, el tribunal determinó que los artículos 14 (1) (b) y 14 (3) (b) eran inconstitucionales porque violaban el artículo nueve de la Constitución , y que las palabras "menores de 19 años" debían ser tachadas y reemplazadas. por las palabras "menores de 16 años". Se anuló la condena de Geldenhuys por los seis cargos posteriores.

Juicio

La orden de la SCA fue remitida al Tribunal Constitucional para su confirmación, en cumplimiento del requisito de que cualquier orden judicial que declare inconstitucional una ley del Parlamento sea confirmada por el Tribunal Constitucional antes de que entre en vigor. El tribunal escuchó los argumentos orales el 28 de agosto de 2008 y dictó su decisión unánime, redactada por el juez Mokgoro , el 26 de noviembre.

El argumento de Geldenhuys era simple: la desigualdad en la edad de consentimiento era discriminación por motivos de orientación sexual; no había justificación para la discriminación; y por tanto era inconstitucional. En consecuencia, la SCA hizo bien en modificar los artículos afectados para reducir el límite de edad de 19 a 16 años. La Fiscalía Nacional (NPA) admitió la inconstitucionalidad, pero argumentó que los límites de edad en los artículos 14(1)(b) y 14( 3)(b) debería fijarse en un número uniforme de 18 años en lugar de 16. La NPA justificó este argumento haciendo referencia a la definición legal de "niño" que incluye a todas las personas menores de 18 años, y al hecho de que 18 era la edad límite en otras leyes relacionadas, como las que prohíben la pornografía infantil.

El tribunal rechazó el argumento de la NPA, señalando que crearía una incongruencia en la ley. En primer lugar, el efecto de la propuesta de la NPA sería fijar la edad de consentimiento en 16 años para los actos denominados "relaciones carnales" y en 18 años para aquellos denominados "actos inmorales o indecentes", lo que de hecho haría que persistiera la discriminación inconstitucional, ya que Se entendía que las "relaciones carnales" incluían únicamente el sexo heterosexual. En segundo lugar, el Parlamento ya había decidido fijar los 16 años como edad uniforme de consentimiento en la ley de modificación de 2007.

Por tanto, el Tribunal Constitucional confirmó sin modificaciones la orden del Tribunal Supremo de Apelación. Las palabras "menores de 19 años" debían sustituirse por las palabras "menores de 16 años" en los artículos 14(1)(b) y 14(3)(b) de la Ley de delitos sexuales, y, Con ciertas limitaciones, la orden se adoptó con carácter retroactivo hasta el 27 de abril de 1994, fecha en que entró en vigor la Constitución Provisional.

Ver también

Referencias

  1. ^ "Se agradece la sentencia de consentimiento". Noticias24 . Sapa. 26 de noviembre de 2008 . Consultado el 27 de noviembre de 2011 .

enlaces externos