Es por tanto de naturaleza provisional, aunque puede durar de forma indeterminada, pero el objetivo último es que la región genere el suficiente número de católicos y la suficiente estabilidad para que la Santa Sede lo convierta en diócesis.
Aunque ese territorio puede ser clasificado como Iglesia particular, según el canon 371.1 del Código de Derecho Canónico, la jurisdicción de un vicario apostólico es un ejercicio vicario de la jurisdicción del papa, es decir, que el territorio está directamente bajo el papa como "obispo universal", y este ejerce su autoridad a través de un vicario o delegado.
Como cualquier otra jurisdicción territorial eclesiástica, un vicariato apostólico puede ser administrado por el obispo de una diócesis vecina e incluso por un sacerdote nombrado temporalmente administrador apostólico.
También debe distinguirse de una prelatura territorial y una abadía territorial: un área que aun no siendo una diócesis, se asimila a ella y se encuentra bajo la dirección del abad de un monasterio o de un prelado.
De los 81 vicariatos apostólicos existentes en febrero de 2023, casi la mitad se encuentra en América Latina, uno en Grecia, uno en la parte europea de Turquía y el resto repartido a partes iguales entre África y Asia.