Se aplica, en el lado francés, a las regiones de Aquitania, Languedoc-Rosellón y Midi-Pyrénées, y en el lado español a las cuatro regiones autónomas de Euskadi, Navarra, Aragón y Cataluña.
Reúne las regiones fronterizas francesas de los Pirineos, Aquitania, Languedoc-Rosellón y Mediodía-Pirineos, así como las comunidades autónomas españolas al sur de la frontera, Aragón, Cataluña, País Vasco y Navarra.
[2] Antes del tratado, la opinión de las regiones era asesor.
El Tratado de 1995 hizo posible la creación, en 1998, del consorcio Bidasoa-Txingudi, una estructura regulada por la ley española (consorcio) que comprende las comunas de Irún y Fuenterrabía en Guipúzcoa (España) y la comuna francesa de Hendaya (Pirineos Atlánticos).
En contraste, la región de Aquitania se duplicó en tamaño al fusionarse con las regiones de Lemosín y Poitou-Charentes y se convirtió en la región de Nueva Aquitania.