Tasa de Gamboa

En ella, se abolía el trabajo personal, en cambio los encomenderos recibirían un tributo de ocho pesos de oro, cinco pagados en oro y el resto en especies.

El indígena que se alquilaba para trabajar recibía un salario, fijado por el justicia mayor.

Lo que los indígenas obtuvieran de su trabajo, deducido el tributo, quedaba guardado en un arca de tres llaves, la caja de la comunidad, a la que tenía acceso el corregidor, el sacerdote y el cacique del pueblo.

Nació por instancia del obispo de Santiago fray Diego de Medellín, quien dispuso que ningún encomendero que usufructuara de los indígenas recibiera los sacramentos.

Aparte de esta medida espiritual, increpo al gobernador a dictar una nueva ordenanza del trabajo indígena, naciendo en 1580 la llamada Tasa de Gamboa.