Suspensión (derecho canónico católico)

[1] Esta es una pena divisible, debido a que la suspensión puede ser general o especial.

Con esto, el derecho canónico pretende guardar la equidad canónica al establecer, que la suspensión no puede afectar al derecho de habitación que tenga el delincuente por razón de su oficio (cfr.

Esta norma viene a garantizar la seguridad jurídica en el caso de las suspensiones latae sententiae.

La suspensión se aplica explícitamente al clérigo cuando se utiliza la fuerza física contra un obispo (canon 1370) (latae sententiae); cuando no es un sacerdote ordenado, y muestra intentos de celebrar la eucaristía (canon 1378) (latae sententiae); el clérigo no puede dar la absolución sacramental válida, ni mostrar intentos de hacerlo, ni escuchar una confesión (canon 1378).

También si la censura latae sententiae no ha sido declarada, se suspende la prohibición cuantas veces un fiel pide un sacramento o sacramental o un acto de régimen; y es lícito pedirlos por cualquier causa justa.

En 1907 Romolo Murri fue suspendido a divinis por el Papa Pío X por haber teorizado la separación entre Iglesia y Estado.

La suspensión se puso en 1994 al término de su segundo mandato en el parlamento.

En pocas palabras, lo reduce a laico, y con esto cierra el caso en su contra.