Suidad

Pérez seguía al jesuita y cardenal Juan de Lugo, quien sostuvo que la clave para entender la definición está en determinar qué era "«lo suyo»" de cada uno.

Dicho vínculo puede ser de muchos tipos y puede tener su origen o causa en muchos y diversos hechos.

Un tipo de suidad es, sin duda, la propiedad, pero hay otros tipos, como, por ejemplo, la especial relación que hay entre un padre o una madre y un hijo, que es de «suidad» (porque es «su» madre o «su» padre), pero no es una relación de propiedad.

También resulta útil para entender los "dominios" de internet, que no son propiedades, en sentido estricto, sino espacios o ámbitos de libre disposición, especialmente vinculados a los titulares de los mismos, y sobre los que éstos tienen un vínculo preferente frente a todos los demás.

Por último, la relación de una persona con su honor, su intimidad y su propia imagen, así como con su identidad, su privacidad y sus datos personales, no es una relación de propiedad, aunque pueda tener también un contenido o explotación económica, sino una relación de suidad, con un contenido no patrimonial y unos derechos morales o personalísimos, como ocurre en la propiedad intelectual.