Servicio de Orientación Jurídica (España)

Los Ayuntamientos, en algunos casos, prestan complementariamente este mismo servicio mediante convenios suscritos con los Colegios de Abogados locales.

La ley define el Servicio de Orientación Jurídica como:

Sin embargo, la motivación para la existencia de este servicio la encontramos en ordenamientos jurídicos superiores como la Constitución española de 1978 que a través del artículo 24 regula para todo ciudadano su Derecho a la defensa ante un Tribunal de justicia en un Debido proceso.

También encontramos, en este sentido, jurisprudencia del Tribunal Constitucional de España y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo:

Sí pues el SOJ gratuito se recoge en la legislación por primera vez en la dicha Ley de Justicia Gratuita de 1996:[4]​