La Seguridad social en el Perú se fundamenta en la Constitución política del Perú que reconocen y garantiza el derecho a la seguridad social y garantizan el libre acceso a prestaciones a cargo de entidades públicas, privadas o mixtas.
Capítulo II: De los Derechos Sociales y Económicos Artículo 10°.
Los fondos y las reservas de la seguridad social son intangibles.
Los recursos se aplican en la forma y bajo la responsabilidad que señala la ley.
Este nuevo sistema, debido a su naturaleza de libre mercado, fue recibido con resistencia en algunas comunidades campesinas.