Junto con los diputados del común, cargo instituido por las mismas fechas, el síndico personero del común se creó para intentar satisfacer las reivindicaciones populares en unos municipios dominados por la oligarquía de los regidores.
Al mismo tiempo también se crearon los alcaldes de barrio, que se encargarían de mantener el orden en los distritos o "barrios" en que quedaron divididas las ciudades.
y se extendió a otras ciudades alcanzando gran virulencia en algunas de ellas.
Poco después creaba el cargo de Síndico Personero del Común, uno por cada población.
Según el historiador Antonio Domínguez Ortiz, "en cierto modo suplía la carencia de los jurados, porque éstos, desde fines del siglo XVI, habían abandonado su misión fiscalizadora en los concejos y sólo pretendían igualarse en rango a los regidores de las ciudades".