Embajador representante permanente de España ante la Unión Europea
La ley la define como «el órgano acreditado, con carácter representativo y de gestión, por el Estado español ante la Unión Europea y asegurará la presencia de España en las instituciones y órganos dependientes de la misma.» La representación está dirigida por el embajador representante permanente.Como colaborador y suplente del embajador está el embajador representante permanente adjunto, quien es nombrado igualmente por Gobierno, a propuesta del Ministerio de Asuntos Exteriores y oída la Comisión Interministerial de Asuntos de la Unión Europea.El personal no diplomático es nombrado por el ministro a propuesta del departamento ministerial que lo solicite.[1] Al mismo tiempo que se crea la posición de Embajador, en septiembre de 1985 se crea en el seno del Gobierno la Comisión Interministerial para Asuntos de la Unión Europea, una comisión cuyos trabajos tratan sobre coordinar la actuación de la Administración General del Estado en materias relacionadas con la Unión Europea, examinar y resolver, en su caso, los asuntos comunitarios que, afectando a más de un departamento ministerial, no requieran ser elevados a decisión de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.[3] La comisión interministerial está formada por:[3] Embajadores representantes permanentes de España ante las Comunidades Europeas Embajadores representantes permanentes de España ante la Unión Europea