Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones

Además toda restricción debe ser necesaria, idónea y proporcional para lograr un objetivo legítimo.

Los principios fueron redactados en conjunto por las organizaciones Access, Artículo 19, Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, Asociación por los Derechos Civiles, Association for Progressive Communications, Bits of Freedom, Center for Internet & Society India, Comisión Colombiana de Juristas, Electronic Frontier Foundation, European Digital Rights, Fundación Karisma, Open Net Korea, Open Rights Group, Privacy International, y Samuelson-Glushko Canadian Internet Policy and Public Interest Clinic, entre otros.

También ha sido refrendado por la Conferencia Liberal Democrática del Reino Unido, así como parlamentarios europeos, canadienses y alemanes.

[4]​ Continuando, Electronic Frontier Foundation, Privacy International, Access, Fundación Karisma, Samuelson-Glushko Canadian Internet Policy and Public Interest Clinic, Center for Internet and Society (India), entre otros, realizaron una consulta pública en línea para ampliar la participación a una mayor cantidad de expertos y expertas, así como, validar y mejorar el texto.

Ellos recibieron grandes aportes procedentes de Canadá, Argentina, Colombia, Alemania, India, los Países Bajos, Filipinas, Tailandia, Senegal, Reino Unido, Zimbabue entre muchos otros.

La vigilancia a las comunicaciones únicamente debe ser autorizada legalmente en los casos que demuestre ser la medida más conveniente.

Sin embargo esa medida se puede retrasar en circunstancias como riesgo de no consecución del objetivo legítimo o peligro para la vida humana.

La información obtenida ilegalmente no puede usarse como un precedente legal y debe descartarse.

Aunque es importante implementar leyes que protejan a los denunciantes y las personas afectadas.

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