Presidente municipal de Celaya

[3]​[4]​ En caso de muerte, destitución o renuncia, asume de manera inmediata y provisional el cargo el primer Sindico, después, con las reservas que contempla la ley orgánica municipal, corresponde al Ayuntamiento nombrar un sustituto o interino.[3]​[6]​[7]​ El Presidente Municipal es la cabeza de la Administración Pública Municipal y es auxiliado por un gabinete compuesto por varias dependencias municipales, organismos descentralizados y direcciones generales, los cuales tienen a su cargo diversas carteras de interés público, además de distintos asesores adscritos a la oficina del alcalde.La figura de estos otorgaba plenos poderes a los fundadores para la administración pública y económica del lugar.Esto cambió a partir de 1573 con el edicto real de Felipe II, en el que se determinó, para las villas (como lo era Celaya), la nueva integración con un solo alcalde, cuatro regidores, un alguacil, un escribano del concejo y otro público, y un mayordomo.Las reformas de Carlos III dotaron al recién creado cargo de Intendente de toda la autoridad sobre ayuntamientos; con ello se redujo a solo un alcalde, dos regidores y un procurador; se perdió toda autonomía hacendaría y se reconocía al intendente como máxima autoridad del propio cabildo.
Palacio Municipal de Celaya