El pluralismo político es un principio ideológico que considera la división de la sociedad en diversos grupos sociales con ideas e intereses diferentes como una fortaleza y no como una debilidad.
Así, los defensores de este principio «creen que una sociedad debería tener muchos centros de poder y que, gracias al compromiso y al consenso, la política debería reflejar los intereses y los valores de tantos grupos diferentes como sea posible».
[2] Según Philippe C. Schmitter, el pluralismo puede definirse de la siguiente manera:
Por su parte, el pluralismo jurídico hace referencia a estudios, posteriores a las décadas de 1960 y 1970 que han planteado cómo ordenamientos jurídicos diversos tienen una vigencia común y el potencial de entrar en contradicción o ser incompatibles entre sí.
Este campo, desarrollado primero en el contexto de la interacción entre el derecho "oficial" o estatal y el derecho "no-oficial" o indígena ("usos y costumbres"), ha cobrado auge renovado para explicar las interacciones entre el derecho estatal y el derecho de entidades más allá del Estado, como la Unión Europea.