Un acuerdo que divide el Imperio de Carlos V en dos confesiones cristianas (luterana y católica) y otorga a los príncipes alemanes la capacidad de elegir la confesión a practicar en sus Estados (aunque solo las mencionadas: cualquier otra, como el calvinismo, estaba prohibida).
Los súbditos del mencionado príncipe estaban obligados a profesar la religión que este eligiera (cuius regio, eius religio), pero tenían la alternativa de emigrar a otro.
También se establece el principio del reservatum ecclesiasticum, según el cual si un príncipe que ocupaba un cargo eclesiástico católico se pasaba al luteranismo, no podía apropiarse los bienes del obispado o abadía y hacerlos hereditarios para la propia familia.
El paso de la propiedad de beneficios y terrenos eclesiásticos al patrimonio personal del obispo o abad que se adhiriera al luteranismo, era llamada "secularización" y fueron reconocidas como tales solo las anteriores a 1552, mientras que los obispados y los bienes católicos secularizados después de 1552 debieron ser restituidos.
Tal cláusula fue muy controvertida y considerada inaceptable por los príncipes luteranos, así que no fue votada en la Dieta, pero fue agregada con una deliberación del emperador.