Los proyectos fueron presentados a la Asamblea General de Naciones Unidas para el debate en 1954, y aprobó en 1966.
[9] El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales comprende un Preámbulo y cinco partes:[10] El Artículo 2 del Pacto impone un deber a todas las partes a: Esto se conoce como el principio de "realización progresiva".
[20][22] Asimismo, excluye deliberadamente medidas regresivas que impiden ese objetivo.
[20][23] Si los recursos son muy limitados, esto debería incluir el uso de determinados programas dirigidos a los grupos vulnerables.
Por un lado, garantizar que los derechos se ejercerán sin discriminación; por otro, el compromiso en sí mismo de adoptar medidas no puede diferirse ni condicionarse.
Estas medidas deberán ser "deliberadas, concretas y orientadas lo más claramente posible hacia la satisfacción de las obligaciones reconocidas en el Pacto".
Beneficios de este régimen deben ser adecuados, accesibles a todos, y siempre sin discriminación.
[42] También crea una obligación de las partes a que trabajen juntos para eliminar el hambre en el mundo.
[43][44] Esto debe ser accesible a todos, lo que implica una obligación de proporcionar programas especiales para los grupos vulnerables.
"[50] «Salud» se entiende no sólo como un derecho a estar sano, sino como un derecho a controlar la propia salud y el cuerpo (incluida la reproducción), y estar libre de interferencias, tales como la tortura o la experimentación médica.
[56] Asimismo, deben garantizar que las mujeres están protegidas de tradicionales nocivas prácticas como la mutilación genital femenina.
[57] El Artículo 13 del Pacto reconoce el derecho de todos a la educación.
Esto se dirige hacia "el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad",[17] y ayudar a todas las personas para participar efectivamente en la sociedad.
Las partes deben también desarrollar un sistema escolar (aunque puede ser pública, privada o mixta), alentar o proporcionar becas para los grupos desfavorecidos, y se les anima a hacer de la educación gratuita en todos los niveles.
[61] El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto interpretar como también exigir a los Estados a respetar la libertad académica del personal y los estudiantes, ya que esto es vital para el proceso educativo.
[71] El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC) es el órgano que supervisa el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
[4] El CDESC está formado por 18 expertos independientes elegidos por un período de cuatro años.
Se reúne en períodos de sesiones, normalmente dos al año, que tienen lugar en Ginebra.
[4] Los Estados están obligados a informar periódicamente al CDESC sobre la aplicación del Pacto.
Por otro lado, el Comité emite observaciones generales, que contienen su interpretación sobre cuestiones relacionadas con el Pacto.