El orden de precedencia es el orden que asigna el protocolo a las autoridades, organismos o instituciones en actos oficiales, bajo la idea de precedencia, es decir, qué persona u organismo es prioritario sobre otro.
En las fuerzas armadas existe también un orden de precedencia, basado en el escalafón militar.
En España, el orden de precedencia en los actos oficiales está regulado por el real decreto 2099/83[1] y sus sucesivas modificaciones.
En ambos casos el orden establecido para los primeros puestos serían los siguientes, según el rango individual: En la redacción original del real decreto el décimo puesto, en Madrid y fuera de la villa, era para los vicepresidentes del Gobierno, según su orden.
Esta ordenación se aplicará a ministros, secretarios de Estado, subsecretarios y directores generales.