En el Código de Derecho Canónico de la Iglesia católica, un motu proprio[1] (o también e motu proprio y e proprio motu; del latín «con movimiento propio»)[2] es un documento emanado directamente del papa, por su propia iniciativa y autoridad, y firmado personalmente por él.
Contiene la promulgación de una ley particular, que modifica y perfecciona la Constitución apostólica.
En asuntos legislativos, un motu proprio describe un acto oficial que es llevado a cabo sin una solicitud formal de otra parte.
Motu proprio también es una locución latina incorporada al español que se utiliza para expresar que se realiza algo «por iniciativa propia, de forma libre y voluntaria».
[2] El primer motu proprio de la historia fue promulgado por Inocencio VIII en 1484.