La Medalla al Mérito en el Seguro es una condecoración civil española que premia tanto a personas físicas como entidades, públicas o privadas, por su destacada labor a favor de la actividad aseguradora en el mercado, desarrollo de las disciplinas en que ésta se apoya o por su actuación o colaboración con instituciones y entidades relacionadas con ella.
Esta distinción fue creada mediante el decreto de 6 de junio de 1947, que crea la Medalla al Mérito en el Seguro, decreto desarrollado por la Orden de 2 de octubre de 1947, que estableció su reglamento.
El reglamento aprobado en 1947 ha sido objeto de una modificación recogida en la Orden de 1 de abril de 1967.
Salvo casos excepcionales, la Medalla al Mérito en el Seguro se entrega en una ceremonia anual que tiene lugar el 14 de mayo, "Día del Seguro".
Esta condecoración posee tres categorías: El agraciado con cualesquiera de las categorías que haya sido sentenciado por la comisión de un delito doloso o pública y notoriamente haya incurrido en actos contrario a las razones determinantes de la concesión de la distinción podrá, en virtud de expediente iniciado de oficio o por denuncia motivada, y con intervención del Fiscal de la Real Orden, ser desposeído del título correspondiente a la distinción concedida, decisión que corresponde a quien la otorgó.