En su fallo, la Justicia austríaca interpretó que la legislación que restringe el matrimonio entre personas del mismo sexo era anticonstitucional por atentar contra la igualdad y la no discriminación por razón de la orientación sexual, tal como figura este derecho en la Constitución austríaca.
[2] Austria ha proveído derechos de facto a las uniones formadas por parejas del mismo sexo desde 2003, tras la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Karner v. Austria.
Esta condición, llamada cohabitación no registrada, da a las parejas del mismo sexo que viven juntas, los mismos derechos que las parejas heterosexuales no casadas.
La corte reglamentó que cambiar la entrada del sexo en una partida de nacimiento no se puede obstaculizar por el matrimonio.
Los activistas LGTBI elogiaron la decisión, diciendo que terminaba el “divorcio forzado” para las parejas casadas en las cuales uno de los cónyuges es transexual.
Señaló que esa ley estaba en proceso de redacción, con algunos aspectos todavía bajo discusión.