Caso Schalk y Kopf contra Austria

El Caso Schalk y Kopf contra Austria (demanda nº 30141/04) es un caso judicial decidido en 2010 por Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el que se estableció que la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH) no obliga a los Estados miembros a legalizar o reconocer legalmente los matrimonios entre personas del mismo sexo.

Según la jurisprudencia existente un matrimonio celebrado entre dos personas del mismo sexo sería nulo.

Según esto no había justificación objetiva para excluir a las parejas del mismos sexo del matrimonio, más aún cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos había establecido que cualquier diferenciación según la orientación sexual requería razones de peso.

El tribunal desestimó unánimemente la reclamación: Como argumento subsidiario los demandantes reclamaban que habían sido discriminados por su orientación sexual al negárseles el derecho a casarse, según el artículo 14 en conjunción con el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

Aunque no afectara al resultado final, el tribunal aceptó, por primera vez, que las relaciones homosexuales se consideraran como una forma de «vida familiar».