Marquesado de Santa María de la Almudena

El marquesado de Santa María de la Almudena[1]​ es un título nobiliario español creado por Francisco Franco el 5 de febrero de 1954 en favor de Juan Bautista Tedeschini y Danieli,[2]​ sobrino paterno del Cardenal Tedeschini, nuncio en España durante la Restauración y la Segunda República Española entre 1921 y 1936.En este marquesado en cuestión, la ausencia de publicidad se produjo a petición del cardenal Tedeschini, tío paterno del agraciado, y dicha publicidad debía quedar ignorada hasta el fallecimiento del mismo, momento a partir del cual comenzaba a surtir efecto público el otorgamiento del título.Por tanto, he resuelto expedir el presente Despacho por el cual es mi voluntad que Don Juan Bautista Tedeschini Danieli, sus hijos y sucesores legítimos varones y hembras, cada uno en su respectivo tiempo y lugar según el orden regular de suceder, puedan usar el título de Marqués de Santa María de la Almudena y que desde ahora y en adelante con él se llamen y titulen los que acrediten la cualidad de sucesores, y que también los demás familiares legítimos vuestros puedan unir a sus apellidos la mención del Marquesado de Santa María de la Almudena.En su consecuencia, encargo y mando a los Prelados, Grandes y Títulos del Reino, Generales y Jefes del Ejército y Armada, Presidentes y Magistrados del Tribunal Supremo y de las Audiencias, Gobernadores de las Provincias, Jueces, Alcaldes, Ayuntamientos y demás Autoridades, Corporaciones y personas particulares a quienes corresponda, que tengan a Don Juan Bautista Tedeschini Danieli por tal Marqués de Santa María de la Almudena, como yo ahora le nombro y titulo, con las honras, preeminencias y prerrogativas que gozan y deben disfrutar los demás Títulos del Reino, así por derecho y leyes del mismo como por usos y costumbres tan cumplidamente que no le falte cosa alguna, sin que para la perpetuidad de esta gracia sea necesario otro mandato, cédula ni licencia; pero con la declaración de que cada uno de sus sucesores en la mencionada dignidad, para hacer uso de ella, queda obligado a obtener previamente Carta de sucesión dentro del término señalado y en la forma establecida o que se estableciere.Lema: OMNIA ET EN OMNIBUS CHRISTUS.