Derecho procesal civil (España)

Por ley procesal civil debe entenderse: "la que regula la actividad jurisdiccional en el proceso civil y la que fija, en todos sus aspectos, los presupuestos, el contenido y el efecto de la relación jurídico procesal".

Las tres ideas cardinales de toda reforma procesal: celeridad, simplificación y economía, inspiran directamente esa obra legislativa.

En su propio texto se denunciaban duramente los abusos de la práctica y a sus causantes.

Rectamente inspirada, abundando en aciertos, fracasó sobre todo por la con citación de los intereses amenazados.

El legislador se atuvo al derecho histórico nacional, que no era otro que el del proceso romano canónico o común recibido principalmente en las Partidas, sustrayéndose así a la otra "recepción" que dentro del siglo XIX ha tenido lugar en los principales países europeos, principalmente en Italia y Alemania: la de la regulación procesal francesa, caracterizada por los principios de oralidad y de concentración del Code de procedure civile, que a su vez recogía en Francia una tradición nacional.