Jurado

Varias culturas y naciones han adoptado mecanismos de participación ciudadana en las decisiones judiciales que han ido evolucionando para evitar las arbitrariedades y garantizar los derechos humanos de las personas acusadas.

Un grupo de ciudadanos legos, ahora dirigidos por un magistrado, no así en la antigüedad, conocen los hechos y se pronuncian sobre la totalidad de los mismos, a continuación, un magistrado técnico determinará qué pena corresponde al veredicto emitido por el jurado.

Un jurado escabinado es aquel integrado por legos y magistrados técnicos, constituyendo todos ellos un cuerpo colegiado a cargo de todas las etapas controvertidas del procedimiento judicial: el juicio oral, la culpabilidad o absolución y el establecimiento de la pena, así como la posible responsabilidad civil.

En este sistema, se puede intuir una primacía de los jueces técnicos sobre los jueces legos, que debido a su menor conocimiento del derecho, quedan en segundo plano en las deliberaciones del veredicto, por otra parte, se percibe una mayor confianza en la justicia por parte del pueblo debido al consenso necesario entre jueces y legos.

[2]​ El jurado ordinario, también llamado pequeño jurado (petit jury) es el cuerpo colegiado que tiene como función examinar las pruebas en un juicio oral y establecer la culpabilidad o inocencia de las personas acusadas.

[3]​ Actualmente solo Estados Unidos y Liberia mantienen la institución del gran jurado.

Una opinión de la cuestión subyacente en la institución del jurado es la alternativa entre si un juicio lo deben resolver personas profesionales del derecho (juristas), o personas no versadas en el mismo y, por tanto, menos influenciadas por los tecnicismos de la ley.

"»[8]​ Según uno de los artículos en Los Federalistas, «Los amigos y adversarios del plan de la asamblea, si no están de acuerdo en nada más, concuerdan por lo menos en el valor que le ponen al juicio por jurado, o si hay alguna diferencia entre ellos reside en esto: los primeros lo consideran un resguardo valioso para la libertad; los segundos lo representan como el verdadero paladión del gobierno libre.

Es un derecho, porque todos los ciudadanos tienen derecho a formar parte de él (no se excluye a ningún ciudadano del sorteo salvo por motivos objetivos tasados en la ley), pero también es un deber porque, una vez nombrado, sólo cabe rechazar la participación por motivos legalmente establecidos (por ejemplo, enfermedad, analfabetismo, etc.).

El jurado otorga mayor imparcialidad ya que la decisión no está tomada por una sola persona, sino por doce, las cuales, veremos más adelante, son imparciales, y que no pertenecen al Poder Judicial.

Por su funcionamiento, es un sistema muy respetuoso de las garantias constitucionales que rigen el proceso penal.

[12]​[13]​[14]​ Asimismo, Salta[15]​ y Corrientes[11]​ actualmente se encuentran debatiendo el establecimiento del juicio por jurados.

El proyecto de ley prevé un jurado "clásico" compuesto por doce ciudadanos legos.

En algunos casos, a solicitud de los jurados, se reintegrarán viáticos en una suma fija.

Para esto, podrá tener una versión diferente de los hechos (una coartada) y traer prueba sobre esa versión; o podrá cuestionar la validez o credibilidad de la prueba aportada por la acusación.

La autora guatemalteca, Karen Ness, preguntó en la tesis, El Pueblo Será Juez:

Hasta ese tiempo, cada clase que se había formado bajo la monarquía de Juan sin Tierra, los nobles, los religiosos, y los hombres libres, quienes habían cooperado para someter a ese rey, era juzgado por miembros de su clase.

[18]​ Las personas que administraban los juicios por jurados eran electas por el pueblo, y los funcionarios del rey estaban excluidos de toda causa que no fuera la de novel disseisin, mort d'ancestor, y darrein presentment,[19]​ por el artículo 24 de la Carta Magna Magna Charta (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).

que dice: "Nullus vicecomes, constabularius, coronatores, vel alii ballivi nostri, teneant placita corone nostre."

El juez objetó, diciendo que la verdad no hacía la acusación menos difamatoria.

Al terminar los argumentos del fiscal y el defensor, el juez le dictó al jurado que tenían que entregar un Veredicto Especial, determinando únicamente si Zenger había publicado los artículos o no.

Hamilton objetó, diciendo que no era obligatorio, alegando, "Sé que tienen el derecho, sin la menor duda, de determinar tanto la ley como el hecho; y donde no dudan de la ley, deberían hacerlo.

"El jurado" pintura realizada en 1861 de un jurado británico