La intimidad a veces se relaciona con anonimato a pesar de que por lo general es más preciada por las personas que son más conocidas por el público.
Está garantizado en muchos países mediante leyes, y en algunos casos, por la propia constitución.
Casi todos los países poseen leyes que en alguna medida limitan la intimidad y la privacidad, por ejemplo las obligaciones impositivas normalmente requieren informar sobre ingresos monetarios.
En algunos países la privacidad individual puede entrar en conflicto con las leyes que regulan la libertad de expresión, y algunas leyes requieren el hacer pública información que podría ser considerada privada en otros países o culturas.
La privacidad puede ser sacrificada en forma voluntaria, normalmente a cambio de beneficios percibidos, pero a menudo con un beneficio mínimo y con pérdidas y riesgos específicos.
1) El hogar, el domicilio y todo recinto privado de la persona son inviolables, salvo en los casos que sean ordenados, de conformidad con la ley, por autoridad judicial competente o en caso de flagrante delito; 2) Toda persona tiene el derecho a acceder a la información y a los datos que sobre ella o sus bienes reposen en los registros oficiales o privados, así como conocer el destino y el uso que se haga de los mismos, con las limitaciones fijadas por la ley.
Podrá solicitar ante la autoridad judicial competente la actualización, oposición al tratamiento, rectificación o destrucción de aquellas informaciones que afecten ilegítimamente sus derechos; 3) Se reconoce la inviolabilidad de la correspondencia, documentos o mensajes privados en formatos físico, digital, electrónico o de todo otro tipo.