La inducción, incitación o provocación del suicidio se refiere a las conductas que pueden conducir directa o indirectamente al suicidio de otra persona, y que en algunos países son punibles por la ley.
Es una conducta penada por tratarse de una figura muy similar al homicidio o asesinato, que atenta contra el derecho a la vida.
En Colombia, el artículo 107 del Código Penal tipifica el delito de inducción o ayuda al suicidio:[6]
Sobre el último caso, la Corte Constitucional, mediante sentencia C-239/97[7] establece la diferencia entre suicidio asistido y eutanasia activa, la cual en Colombia es legal.
[10] Si bien los recursos pro-suicidio eran menos frecuentes que los sitios neutrales o anti-suicidio, no obstante eran fácilmente accesibles.
[13] Becker escribe: "Los visitantes adolescentes suicidas corren el riesgo de perder sus dudas y temores sobre el suicidio.