Estatuto

Estatuto es cualquier ordenamiento eficaz para obligar, como un contrato o un testamento.

[1]​ Un segundo significado es el proveniente de los países anglosajones, donde “statute”[2]​ significa ley aprobada por un parlamento.

También en España, se pueden mencionar a los Estatutos de Autonomía, que son las normas que regulan las competencias de cada Comunidad Autónoma (existe un estatuto para cada comunidad).

En este caso, el nombre estatuto implica que se trata de una norma especial, en la cual hay un sistema de aprobación especial conjunta entre el parlamento autonómico y del estado.

En general, es común a todo tipo de organismos colegiados, incluyendo entidades sin personalidad jurídica.

Estatutos de Bergbau AG sobre Stolberg y Westfalia (1854)