Estado de alarma

El estado de alarma se declara por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo, y establecerá el alcance y condiciones vigentes durante la prórroga.

El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.

[2]​ En España se ha decretado cuatro veces el estado de alarma.

[6]​ El 13 de marzo de 2020 en la Gaceta Oficial, ejemplar Extraordinario, n.° 6519 se emitió el Decreto 4160 para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

[7]​ En dicho decreto se faculta al poder ejecutivo a restringir la libre circulación como medida de contención a esta enfermedad (art.