La expresión griega ἐπιείκεια significaba, en los autores clásicos griegos una “verosimilitud” o “aprobación”, un tipo de “equidad” o “justicia”[1] más relacionada con el aspecto interno que con la equidad (ambas palabras tienen la misma etimología) que se refiere a la aplicación exterior de la justicia.
Ahora bien, esto se debe a que las leyes mismas han de ser genéricas y no suponer situaciones concretas dejando lugar precisamente para la sabiduría práctica del ciudadano.
Así un comportamiento contrario a la ley −aun cuando se trate de situaciones límite no contempladas en ella− es una desviación o debilidad.
Ahora bien, no concibe tales casos como una debilidad sino más bien como una corrección de la ley misma.
Tomás de Aquino usa la expresión epiqueya y gnomé para referirse a la virtud que estamos considerando.
Así, por ejemplo, C. Lacroix: “la epiqueya es una interpretación restrictiva de la ley positiva, para seguir la voluntad benigna del legislador”.