Se convocó a este plebiscito para decidir si la empresa estatal monopólica del servicio de agua potable en el Uruguay, OSE, se podría asociar con empresas privadas o se permitiría que surgieran empresas privadas, lo que significaría perder el monopolio.Esto se debe a que la normativa que determina la existencia de una segunda vuelta a nivel presidencial, obliga a que un candidato obtenga el 50% de los votos emitidos (válidos + blancos + anulados) en las elecciones de octubre o primera vuelta para evitar que se produzca una segunda vuelta en noviembre (artículo 151 de la Constitución).Considerando que durante casi un siglo nunca se tomaron en cuenta en el cálculo de porcentajes los votos en blanco o nulos, vale ahora aclarar que a partir de esta elección, el cálculo del porcentaje de votos recibido por cada candidato o lema toma en cuenta los votos válidos, aunque también se puede calcular a partir de los votos emitidos.En la elección legislativa esta disyuntiva no se plantea, dado que el voto en blanco o nulo no contabiliza para la adjudicación de bancas legislativas, como tampoco en lo municipal, para la adjudicación de curules en las Juntas Departamentales.Fuentes: 1) Primera Elección Uruguay del Siglo XXI, Jorge L. Marius y Wilfredo Giménez, Ediciones de la Proa, 2005, pág.