La derecha antirrepublicana concurrió dividida y no presentó candidaturas en parte de las circunscripciones.Las Cortes se declaran investidas con el más amplio poder constituyente y legislativo.Mediante este decreto se sustituía la elección uninominal en pequeñas circunscripciones, por la elección por lista y provincia (o ciudad mayor de 100.000 habitantes: Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao, Sevilla, Zaragoza, Málaga, Córdoba, Granada y Murcia), mediante un sistema mixto entre mayoritario y proporcional, que concedía una amplia prima a la candidatura más votada, reservando un cierto número de puestos a la segunda.La candidatura mayoritaria obtenía el 80% de los escaños en juego, siempre y cuando hubiese obtenido más del 20% de los votos emitidos, reservándose el 20% restante a las minorías.Los que obtuvieron mayor número de diputados fueron el Partido Socialista Obrero Español que con sus 116 diputados (o 115, según otros cómputos) se convirtió en la minoría mayoritaria de las nuevas Cortes, y el Partido Republicano Radical de Alejandro Lerroux que obtuvo 89 (o 90) seguidos del Partido Republicano Radical Socialista de Álvaro de Albornoz y Marcelino Domingo con 55 (o 61), Acción Republicana de Manuel Azaña con 30 (si añadimos posteriores incorporaciones), la Derecha Liberal Republicana del presidente Niceto Alcalá-Zamora y Miguel Maura 22 (o 25), y la Esquerra Republicana de Cataluña y otros partidos nacionalistas catalanes coaligados, representados en el Gobierno Provisional por Luis Nicolau d'Olwer, con 36 diputados, y la Federación Republicana Gallega de Santiago Casares Quiroga con 13 (o 15).
Fachada principal del Palacio de las Cortes.
Portada de la Constitución de 1931 (ejemplar del Congreso de Diputados).
Sello de correos conmemorativo de las Cortes Constituyentes