[1] El artículo 26.2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos recomienda a los Estados incluir la Educación en Derechos Humanos: «La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, debe promover la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y grupos étnicos o religiosos, y debe fomentar las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz».
Por su parte la Amnistía Internacional expresa que «La educación en derechos humanos se ocupa, entre otras cosas, de informar sobre los instrumentos internacionales de derechos humanos, su objetivo es dar a conocer a las personas las normas legales que existen, su contenido y categoría jurídica.
En este sentido Rosa María Mujica sostiene que «Es el desafío de ser más humanos.
En este sentido podemos referir a Carola Carazzone quien entiende que la educación en derechos humanos no se limita a solo dar a conocer los derechos humanos, sino que debe haber una educación PARA los derechos humanos, esto es que tengan una finalidad de acción, que sean inductores de compromiso, de solidaridad y de acción.
En los últimos años la violencia se expresa de muchas maneras, una de la que va tomando más fuerza en tono desmoralizarte, y descalificarte, principalmente es las instituciones escolares, esta problemática esa francamente abordarte, quien defiende a los docentes cuando te hacen bullying, ¿el Estado debe amparar a los formadores, para garantizar el mejor rendimiento laboral, deben los gremios proveer apoyo psicológico para sus docentes, o fomentar el trabajo de equipo a través de Gestores o Couching