La primera se produce por la incidencia del poder tributario sobre una misma renta por impuestos de carácter similar pero en personas distintas.
Los mecanismos utilizados por el legislador para resolver esta situación pueden ser diversos: La doble imposición jurídica se produce en aquellos casos en que se grava a un mismo sujeto pasivo por una misma renta por impuestos similares.
Las vías para resolver la doble imposición internacional pueden ser unilaterales, cuando una administración tributaria establece en su sistema impositivo los mecanismos para evitar la doble imposición sin tener en cuenta lo que legisla el resto de Estado, o bilaterales que se plasma en convenios de doble imposición firmados con cada país que tratan de resolver los casos de doble imposición que surjan en las relaciones económicas entre dos países.
Los mecanismos para eliminar la doble imposición jurídica pueden ser clasificados según su origen y esencia.
Este método sirve para eliminar los efectos de la doble imposición internacional, pero solo alivia la carga, ya que esa doble imposición no se destruye, ya que dos estados diferentes sobre un mismo contribuyente se yuxtaponen en el mismo hecho imponible.