Sus funciones, dependencia presidencial y carácter militar se mantuvo intacto.
Con esta reforma se empezaron a crear delegaciones en cada provincia, presididas por los gobernadores civiles.
De estas dependían a su vez las delegaciones locales presididas por los alcaldes.
[11] Fue en 2004 cuando se añadió el término «Emergencias» a la denominación del órgano directivo.
[13] Para llevar a cabo sus funciones la dirección general posee los siguientes órganos:[14]