Dirección General de Protección Civil y Emergencias

Sus funciones, dependencia presidencial y carácter militar se mantuvo intacto.

Con esta reforma se empezaron a crear delegaciones en cada provincia, presididas por los gobernadores civiles.

De estas dependían a su vez las delegaciones locales presididas por los alcaldes.

[11]​ Fue en 2004 cuando se añadió el término «Emergencias» a la denominación del órgano directivo.

[13]​ Para llevar a cabo sus funciones la dirección general posee los siguientes órganos:[14]​

Embarcación de Protección Civil
Interior de la sede del Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (CENEM).