Diario Oficial de la Generalidad Valenciana

En su artículo tercero quedó establecido que: En el artículo cuarto se determinaba la oficialidad de los textos y normas relativas a su edición: Desde 1999 el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana está accesible vía web, aunque carente de validez oficial su edición.Su difusión se realizará a través de la página Web oficial del Diari Oficial, en la dirección: https://www.dogv.gva.es, dentro del portal Web de la Generalidad, garantizando en todo caso la autenticidad e integridad de su contenido, así como su accesibilidad.En cuanto a la periodicidad en su publicación se mantiene la establecida con carácter habitual, todos los días del año, excepto los sábados, domingos y aquellos días declarados inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, pero se determina que excepcionalmente, atendiendo a las necesidades apreciadas por la Presidencia de la Generalidad, podrá publicarse el Diari Oficial en cualquier día del año.Su contenido se ordenará en las siguientes secciones y subsecciones: Dentro de cada sección y subsección se ordenarán los documentos agrupándolos según su origen, precedidos del correspondiente epígrafe identificativo del órgano o persona física o jurídica de la que proceda el documento y siguiendo un orden alfabético general.Tal y como se determina en el citado decreto, mediante esta nueva regulación, pionera en España, se sustituye el tradicional DOGV en formato papel, con un alto coste económico y ecológico, por una edición electrónica DOCV, como única válida y auténtica, accesible a todos los ciudadanos de forma libre y gratuita, y con los mismos efectos que los atribuidos hasta ahora a la edición impresa en papel.