Diario Oficial de Castilla-La Mancha

La Constitución española de 1978 dispone en su artículo 9.3 que «la Constitución garantiza (...) la publicidad de las normas».

La publicación de las normas es por tanto un imperativo constitucional, canalizándose esta a través de los distintos diarios o boletines oficiales, como el Boletín Oficial del Estado o el propio Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

La edición, impresión, publicación y difusión del Diario Oficial de Castilla-La Mancha está encomendada, en régimen de descentralización funcional, al Servicio de DOCM y Publicaciones.

El DOCM se publica todos los días del año, excepto los sábados, domingos y aquellos días declarados inhábiles en Castilla-La Mancha.

Excepcionalmente, la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital puede determinar la publicación de números extraordinarios, suplementos y separatas.