Despenalización de la homosexualidad en Paraguay

La despenalización de la homosexualidad en Paraguay ocurrió de manera formal el 17 de diciembre de 1990, cuando fue promulgada la Ley 104/90, que modificaba la redacción del artículo 325 del Código Penal, eliminando todas las referencias a la sodomía y a personas homosexuales.[1]​[2]​ El 21 de julio de 1880 fue promulgado el primer Código Penal de la República del Paraguay, lo cual consistió en la adopción del Código Penal de la Provincia de Buenos Aires, que estaba vigente en dicha región argentina desde 1877.En el artículo 256 de dicho texto legal se castiga a los reos por el delito de sodomía bajo las mismas penas que los delitos de violación:[1]​[3]​ Treinta años más tarde, el 21 de febrero de 1910, fue promulgado un nuevo Código Penal,[4]​ que continuaba penalizando la sodomía mediante su artículo 325 y que nuevamente equiparaba las penas por dicho delito a las condenas por violación:[5]​ Luego de la caída de la dictadura de Alfredo Stroessner se realizaron diversas reformas legales, y entre ellas se encontraba la Ley 104/90, promulgada el 14 de diciembre de 1990 y que modificaba la redacción del artículo 325 del Código Penal, eliminando todas las referencias a la sodomía y a personas que tenían relaciones con personas de su mismo sexo, despenalizando oficialmente la homosexualidad en Paraguay; a su vez, el texto de dicho artículo fue reemplazado, abarcando ahora el delito de rapto:[1]​[2]​ Finalmente, el 26 de noviembre de 1997 fue promulgado un nuevo Código Penal de Paraguay en el cual ya no existía ninguna referencia a actos homosexuales entre adultos; sin embargo, se explicitaba una diferencia en la edad de consentimiento sexual entre las relaciones heterosexuales y homosexuales, fijándose en la primera a los 14 años y en el caso de relaciones del mismo sexo a los 16 años:[6]​ El 16 de julio de 2008 se promulgó la Ley 3440 que introdujo diversas reformas al Código Penal de 1997, entre ellas al artículo 138 que igualaba la edad de consentimiento para relaciones heterosexuales y homosexuales:[7]​[8]​