"[1] La Constitución define el derecho a la salud como "el disfrute del más alto nivel posible de salud", y enumera algunos principios de este derecho como el desarrollo saludable del niño; la difusión equitativa de los conocimientos médicos y sus beneficios; y las medidas sociales proporcionadas por el gobierno para garantizar una salud adecuada.Frank P. Grad atribuye a la Constitución de la OMS "la reivindicación de todo el ámbito de la salud pública internacional contemporánea", estableciendo el derecho a la salud como un "derecho fundamental, derechos humanos inalienables" que los gobiernos no pueden restringir y que, por el contrario, están obligados a proteger y defender.La Declaración Universal hace consideraciones adicionales sobre la seguridad en caso de debilitamiento físico o discapacidad, y hace una mención especial a la atención prestada a quienes se encuentran en la maternidad o la infancia.La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Navanethem Pillay escribe que la Declaración Universal de los Derechos Humanos "consagra una visión que exige tomar todos los derechos humanos -civiles, políticos, económicos, sociales o culturales- como un todo indivisible y orgánico, inseparable e interdependiente."[6] Las Naciones Unidas definen además el derecho a la salud en el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, que establece:[7]
Activistas rumanos crean un "25" con paraguas, en referencia al artículo n.º 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Estados Partes y signatarios del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Partes y signatarios del PIDESC :
firmado y ratificado
firmado pero no ratificado
ni firmado ni ratificado