El derecho internacional humanitario (DIH) es una rama del derecho internacional público que busca atenuar y limitar los efectos de los conflictos armados protegiendo a las personas que no participan en las hostilidades o que han decidido dejar de participar en el enfrentamiento, también restringen y regulan los medios y métodos de guerra a disposición de los combatientes; regula la conducta en los conflictos armados (ius in bello).
[1] Las normas del Derecho Internacional Humanitario pretenden evitar y limitar el sufrimiento humano en tiempos de conflictos armados.
[2] Estas normas son de obligatorio cumplimiento tanto por los gobiernos y los ejércitos participantes en el conflicto como por los distintos grupos armados de oposición o cualquier parte participante en el mismo.
En la mayoría de los casos, las razones para un trato menos cruel solían ser económicas.
La regulación que se llevará a cabo en el siglo XIX poniéndose las bases del Derecho Internacional Humanitario como tal, tuvo pues antecedentes muy antiguos en el plano del derecho.
En el siglo XVI, Grocio escribía:“En cuanto las armas hablan, no hay ya respeto alguno del Derecho, divino o humano.
Todo ocurre como si, en virtud de un decreto general, la furia públicamente desenfrenada permitiera todos los crímenes”y Rousseau en el Contrato Social (1725) retoma esta idea señalando que“la guerra no es en modo alguno una relación de hombre a hombre, sino una relación de Estado a Estado en la que los individuos solo son enemigos accidentalmente”, por lo que, “como la finalidad de la guerra es la destrucción del Estado enemigo, se tiene derecho a matar a los defensores siempre que tengan las armas en la mano; pero, en cuanto las deponen y se rinden, dejan de ser enemigos y vuelven a ser simplemente hombres, y ya no se tiene derecho sobre sus vidas”.
El DIH y las normas relativas a los derechos humanos se aplican durante situaciones tácticas distintas.
En reiteradas ocasiones fue el propio Estado quien, debiendo garantizar y proteger los derechos y garantías de los individuos reconocidos en su jurisdicción doméstica, terminaba siendo el violador sistemático de esos derechos.
La evolución de los derechos humanos tanto en el ámbito interno como internacional estuvo y está relacionada con posiciones político filosóficas que han dado lugar al desarrollo de ideologías contrapuestas en cuanto al verdadero contenido y alcance de los derechos sujetos a una debida protección estadual y a un adecuado control internacional.
En este sentido el DIH nace y se desarrolla como un movimiento no politizado, tomando distancia de las corrientes del pensamiento político en general.
Son principalmente: Ahora se aceptan muchas disposiciones del DIH como Derecho consuetudinario, es decir, como normas generales aplicables a todos los Estados.
Aunque algunas de sus normas son similares, estas dos ramas del Derecho internacional se han desarrollado por separado y figuran en tratados diferentes.
La observancia de los derechos humanos se centraliza en la función reparadora mientras que el DIH cumple una acción eminentemente preventiva.
Mutilar o mancillar los cuerpos de los soldados caídos está también prohibido por estas convenciones.