Son delitos que se cometen sin intimidación, amenazas, uso de la fuerza o armas, métodos violentos de lograr consumar el delito como puede ser el "alunizaje", uso de máquinas o explosivos, etc. Fue definido por primera vez por el sociólogo Edwin Sutherland en 1939 como "un delito cometido por un profesional en su capacidad en el mundo profesional contra una gran corporación, agencia u otra entidad profesional".
[1] No supone ninguna tipificación penal concreta, sino que abarca diferentes delitos y no siempre en todas sus manifestaciones.
Sin embargo, los delitos de cuello blanco comparten como características que son delitos contra el patrimonio de las personas y que suelen tener una cierta sofisticación en el método empleado para cometerlos.
También en ocasiones se tienen en cuenta otros delitos más específicos como la falsificación de moneda, el Lavado de dinero o la apropiación indebida.
Aumenta la cantidad de delitos que se consideran en relación con el trabajo.