[1] No se debe confundir la custodia o tenencia legal con la patria potestad.
En el caso de custodia o tenencia no compartida, y salvo casos excepcionales, los progenitores siguen teniendo los dos la patria potestad sobre los hijos.
Este tipo de custodia la establece, en su caso, el juez, en la sentencia que dicte las medidas aplicables a la separación o divorcio.
En Argentina la ley y la jurisprudencia establecen el cuidado compartido de los hijos a partir del nuevo Código Civil y Comercial.
Un estudio del Instituto Interuniversitario de Estudios de Mujeres y Género (España), sobre la custodia compartida en casos en que la pareja se separa teniendo una mala relación, analiza la repercusión que tales situaciones pueden tener sobre el bienestar de los hijos y concluye que son pocos los casos, en Cataluña, en los que el padre solicita la custodia de sus hijos.