Instituto Social de las Fuerzas Armadas
Ya en las Partidas del rey Alfonso X «El Sabio» (1221-1284) quedaba legislado, en el Título XXV, Ley II «como deben ser fechas las enmiendas que los homes reciben en sus cuerpos».Se establecían las «erechas», compensación o forma de resarcir los daños recibidos en sus cuerpos los hombres en la guerra.Tres eran por vida, estableciéndose una tabla en la que dividiéndose las distintas heridas, estas tenían una valoración diferente y su compensación en «maravedises» estaba en función de las mismas o número de ellas.La cuarta era «cuando lo matassen los enemigos dellos en cavalgada o en otra manera de guerra».Su compensación se establecía en ciento cincuenta "maravedises" para los caballeros y la mitad para los peones.