Cruces del Mérito Aeronáutico

Está definida por el mismo Real Decreto que las Cruces del Mérito Militar y Naval.

Estas acciones y hechos deberán estar relacionadas con el Ejército del Aire para su concesión.

En su reverso, escudo circular que llevará inscritas las letras, en oro, MA, sobre esmalte de color rojo.

Se concederán: Para oficiales generales y personal civil con un rango institucional, administrativo, académico o profesional.

La venera consistirá en la cruz correspondiente del mérito y distintivo concedido.