Constitución de la Provincia de Santa Fe

[2]​ Tanto por su contenido normativo como por su estructura formal se la define como un gran avance.

Además, se establece que las autoridades municipales estarán formadas por dos consejos: uno ejecutor y otro deliberante.

[2]​[6]​[7]​ En 1883 se produce otra reforma que, entre otros cambios, divide al territorio provincial en nueve departamentos, añadiendo a los cuatro primitivos los departamentos de San Javier, Las Colonias, lriondo, San Lorenzo y General López, y eliminó la designación de fiscal general, incluyéndolo en el Poder Judicial como fiscal de cámara y agentes fiscales, y en el Poder Ejecutivo como fiscal de Estado.

Las discrepancias entre los congresales giraban fundamentalmente en torno del régimen electoral y la cuestión religiosa.

[3]​ Recién fue en 1932 cuando el gobernador demócrata progresista Luciano Molinas la provincia adoptaría la Constitución del 21, pero tan solo duró tres años, a causa de la intervención federal ordenada por el gobierno de Agustín Justo.

[19]​ A su vez, la Iglesia católica apoyó la nueva Constitución y a los peronistas en sí, ya que tenía que "procurar el mayor bien de la Religión y de la patria".

[21]​[22]​ La compleja situación política de los años 1900 hace que la UCRI se decida a adelantar el calendario electoral en las provincias que tenía más chances de ganar, como Santa Fe, San Luis y Catamarca.

En el año 1962, se le da especial atención a ello.

Por eso, la UCRI se vio obligada a promover consensos políticos en el intento de evitar que otros bloques abandonaran la Convención.

La quinta sesión el 11 de abril es donde se votó el proyecto, con 29 votos favorables, siendo ellos de la UCRI, y 3 votos en contra de la UCR; los bloques del Partido Demócrata Progresista (PDP), Partido del Trabajo y del Progreso (PTP) y Partido Demócrata Cristiano (PDC) votaros sus propios proyectos.

Guillermo Chiaraviglio, vicepresidente de la Convención, manifestó que había llegado una planilla con modificaciones al proyecto inicial, especialmente en el sistema legislativo y en el sistema de los gobiernos locales.

El 13 de abril se continuó con la séptima sesión con el tratamiento del régimen electoral, los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, juicio político, régimen municipal, educación, reforma de la Constitución y disposiciones transitorias.

Desde ese día, se puso en vigencia la nueva reforma de la constitución santafesina.

Se afirma, en el artículo 6, que todo habitante de la provincia, nacionales o extranjeros, gozan de los mismos derechos y garantías que les reconocen la Constitución Nacional.

El Estado reconoce a la persona humana su dignidad, libertad, igualdad, la defensa de sus derechos e intereses legítimos y la personalidad de cada uno, y todos los organismos están obligados a respetarla.

Y el artículo 30.º dice que cualquier ciudadano pueden tener acceso a los cargos electivos en condiciones de igualdad.

Estas se reunirán en Asamblea Legislativa solamente en los casos y para los fines previstos por esta Constitución.

Y a la Legislatura se te atribuye el elegir senadores al Congreso de la Nación, establecer la división política de la Provincia, dictar las leyes de organización y procedimientos judiciales, organizar el régimen municipal y comunal, entre otras atribuciones.

Para ser elegido gobernador o vicegobernador se requiere ser ciudadano argentino nativo o hijo de ciudadano nativo si hubiere nacido en país extranjero y tener, por lo menos, treinta años de edad y dos años de residencia inmediata en la Provincia si no hubiere nacido en esta, mientras que duran cuatro años en el cargo y son elegibles solo si se encuentra un intervalo de un período de por medio.

Es designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa y ejerce sus funciones durante el período del gobernador que lo ha designado, sin perjuicio de ser renombrado, es inamovible y puede ser removido solo según las normas del juicio político.

[35]​ La Sección Séptima se titula Régimen Municipal, contando con tres artículos.

En el 108.º, se establece que cualquier comuna y municipio puede ser intervenido por ley o por decisiión del Poder Legislativo.

[36]​ La Sección Octava se titula Educación, y reúne cinco artículos, desde el 109.º al 113.º.

[38]​ La Sección Décima se titula Disposiciones Transitorias, y tiene solo un artículo, el 116.º, en el que se describen los pasos a seguir en las elecciones siguientes a la jura de esta Constitución.

Durante su mandato como gobernador de Santa Fe, el socialista Antonio Bonfatti, se mostró comprometido con el tema, aunque aclaró que "no planteamos ni ponemos ningún plazo".

[40]​ Eduardo Di Pollina, dirigente socialista, estableció que “La reforma de la Constitución es prioritaria”.

[42]​ También la resistencia llegó desde la oposición, siendo este el Partido Justicialista (PJ), aclarando que "La reforma de la Constitución no coincide con la demanda social".

Bases para la reforma convoca a expertos constitucionalistas, sociedad civil y actores políticos, en distintas instancias de participación como el Consejo Económico y Social, los Foros Sociales, las Mesas de Autoridades Locales y una plataforma digital de participación ciudadana.

Portada del Diario de Sesiones.
Tapa de un ejemplar de la Constitución de 1921